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SII al más de 1 millón de solicitantes del Préstamo Solidario: "Deben empezar a restituirlo y pagar la primera cuota"

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El viernes 1 de abril se dio inicio a la Operación Renta 2022, con la que además comenzó el proceso de restitución de la primera cuota del Préstamo Solidario 2020, que se implementó para paliar los efectos económicos derivados de la pandemia de coronavirus.

¿Qué dijo el SII?

Cabe señalar, que 1.308.152 personas solicitaron el Préstamo Solidario en 2020, las cuales deben empezar a restituirlo y pagar la primera cuota en esta Operación Renta y que corresponde al 10% del total solicitado, aunque dicho monto no debe ser mayor al 5% de los ingresos anuales obtenidos en 2021.

Por otro lado, en septiembre de 2021 comenzó a realizarse una retención adicional del 3% de los ingresos como trabajador dependiente, independiente o empresario individual, monto que se destina íntegramente a la primera cuota de los préstamos solicitados.

Sin embargo, si las retenciones realizadas en 2021, es decir, entre septiembre y diciembre, superan el monto de la cuota, la devolución del excedente puede solicitarse íntegramente en este mismo proceso o, si la persona lo prefiere, puede abonar al saldo pendiente del préstamo. 

Para simplificar el trámite, el Servicio de Impuestos Internos (SII) implementó un sistema de autoconsulta en línea donde las personas pueden averiguar qué beneficios solicitaron en 2020, acceder al detalle del cálculo y cuota que les corresponde pagar, que considera las retenciones adicionales de 3% descontadas del sueldo, boleta de honorarios y/o declarada y pagada a través del Formulario 29 junto con el prepago que pudieron hacer a través del Formulario 50.

Para los contribuyentes, además, se elaboró una propuesta de declaración para el pago de la primera cuota o para solicitar el excedente en el caso que corresponda.

Hasta el momento, se han recibido 96.478 declaraciones de contribuyentes que solicitaron el préstamo en 2020, de las cuales un 45% corresponde a excedentes.

Segundo retiro del 10%

Por otro lado, en este mismo proceso, quienes realizaron el segundo retiro del 10%, deberán incorporar en su declaración dicho monto como ingreso dentro de la base del Impuesto Global Complementario, cuando sus rentas superen los $19.501.560.

Para esto, las AFP entregaron al SII la información detallada de esos retiros, con los cuales se construyó una propuesta de declaración a la que se puede acceder en el sitio web del organismo.

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