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Fue despedido por necesidades de la empresa y ahora le pagarán más de $26 millones: dijeron que su cargo sería eliminado

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ordenó a la empresa papelera CMPC Tissue SA pagar más de $26 millones a un ejecutivo que fue despedido por "necesidades de la empresa".

De este modo, el tribunal acogió la demanda subsidiaria de despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por el extrabajador, estableciendo que la compañía no justificó la causa que se señala en la comunicación de despido del trabajador.

El despido

Al informar la desvinculación de la empresa, la carta señalaba que "derivan directa y necesaria y exclusivamente del proceso de racionalización que se está llevando a cabo la empresa asociado a los nuevos desafíos y modernización del negocio".

"El cargo que usted actualmente desempeña, subgerente de Mejoramiento Operativo, será eliminado de la estructura de la compañía, reasignándose sus funciones a otros roles de la gerencia de desarrollo industrial Suply Chain y de las distintas filiales de Softys en los países extranjeros", agrega.

¿Qué dijo el tribunal?

La resolución explica que: "Respecto de la causal de necesidades de la empresa invocada, debe tratarse de una situación objetiva que afecta a la empresa establecimiento o servicio, por ende, no puede invocarse por simple arbitrio del empleador o por capricho, caso en el que operaría como un mero despido libre o desahucio; la necesidad tiene que ser grave o de envergadura, por lo que debe tratarse de una situación de tal amplitud que ponga en peligro la subsistencia de la empresa y no meramente una rebaja en sus ganancias".

"No corresponde cuestionar el hecho que se traspase el riesgo del negocio al trabajador, sino solamente si nos encontramos o no en la hipótesis legal habilitante para traspasarlo, es decir, si se cumple el estándar legal para que el trabajador resulte despedido a causa de la racionalización, la baja en la productividad o los cambios en las condiciones del mercado", agrega.

"Este estándar legal se define como una ‘necesidad’ lo que es indicativo de algo más que una mera conveniencia resultante de aplicar criterios economicistas que maximicen las utilidades. Se suele utilizar como estándar de esta necesidad la existencia de pérdidas sostenidas en los balances auditados o procesos de tal envergadura (como cierre de locales por malos resultados o pérdida de clientes importantes) que ameritan que la empresa recurra al despido de su personal", señala.

Pago de más de $26 millones

El fallo afirma que la desvinculación "aparece más como una decisión gestada en la legítima aspiración de rebajar costos, al adoptar otra estructura de organización de las plantas, por lo cual el despido es improcedente accediéndose al recargo del artículo 168 letra a) del Código del trabajo".

En ese sentido, resolvió que la empresa le deberá pagar al extrabajador las siguientes prestaciones.

  • $18.943.936 por concepto de recargo legal del 30% según lo indicado en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo.
  • $7.334.245 por concepto de descuentos por control reembolsos cta. Cte. que realizó al finiquito del actor.

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