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Fondos AFC: ChileAtiende recuerda sobre próximo vencimiento del plazo para el retiro total de los montos

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Desde ChileAtiende recordaron que proximamente perderá vigencia la ley que permite el retiro de la totalidad del saldo que tengan las personas en su cuenta individual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

¿Hasta cuando estará vigente?

La normativa, que se rige bajo bajo ciertas condiciones, estará vigente hasta el 6 de octubre de 2021.

ChileAtiende también consignó que las personas que estén cesantes podrán solicitar el retiro total de sus fondos de la AFC sin necesidad de presentar un finiquito. 

¿Quiénes pueden solicitar el retiro total de la CIC?

Las personas que pueden solicitar el retiro de la totalidad de sus fondos de la Cuenta Individual de Cesantía, son quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser afiliada o afiliado al Seguro de Cesantía y haber cotizado en la AFC alguna vez.
  • Tener saldo en la Cuenta Individual por Cesantía (CIC).
  • Estar en condición de cesante (ausencia de dos cotizaciones anteriores a la solicitud).
  • No cumplir con los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía.

¿Cómo puedo solicitar el dinero?

Quienes cumplan con los requisitos, pueden solicitar este dinero hasta el 6 de octubre de 2021 en el sitio web de la AFC.

El trámite se realiza 100% online y para ingresar a la plataforma, el usuario debe contar con su RUT, clave de acceso de AFC, Clave Única o número de rut y serie de documento de la cédula de identidad.

Para pedir el dinero, las personas deben ingresar al sitio https://pactos.afc.cl/retirototalsaldo/#/login. Luego tendrán que completar los datos requeridos, aceptar la declaración jurada, y hacer clic en "solicitar retiro".

¿Cuándo recibiré el dinero?

Luego de realizar la solicitud, el usuario recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de AFC Chile en un plazo de cuatro días hábiles. Allí se le informarán los montos y fechas de pago o motivos del rechazo.

El pago se realizará en un solo giro si el monto es inferior o igual a $225.000. Los saldos superiores a ese monto se pagarán en dos o más giros, hasta agotar el saldo de su cuenta con un máximo posible de 13 giros.

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