Muerte digna: Proyecto sobre eutanasia avanza en el Congreso
¿Qué pasó?
Este jueves la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley sobre "muerte digna y cuidados paliativos", iniciativa que volverá a ser revisada en la Comisión de Salud.
El texto, que establece la libertad de las personas a determinar las terapias a las que será sometido cerca de su muerte e incluso solicitar una muerte asistida, obtuvo 79 votos a favor, 54 en contra y 5 abstenciones.
Autorización para mayores de 14 años
Sin embargo, los parlamentarios rechazaron por falta de quórum un artículo relacionado a la edad en que la normativa comenzará a regir.
Con 74 votos a favor, 61 en contra y 4 abstenciones, se rechazó el artículo relativo a la autorización para el caso de mayores de 14 años y menores de 16 años. El artículo necesitaba 89 votos para ver la luz verde.
Se rechazó con 74 votos a favor, 61 en contra y 4 abstenciones (necesitaba 89 votos) el artículo relativo a la autorización para el caso de mayores de 14 años y menores de 16 años.
— Diputadas y Diputados de Chile (@Camara_cl) December 17, 2020
El proyecto
La iniciativa indica que: "Toda persona tiene derecho a una muerte digna que incluya la libertad para determinar las terapias a las que desea ser sometido ante la proximidad de su muerte, el derecho a no padecer males o dolores innecesarios y a evitar la prolongación artificial de su vida".
El proyecto, informado por el diputado Vlado Mirosevic (PL), agrega que solamente en el caso que una persona haya sido diagnosticada de un problema de salud grave e irremediable, tendrá derecho a decidir y solicitar, de acuerdo con los requisitos y formas establecidas en la ley, asistencia médica para morir.
"Toda persona mayor de edad tiene la libertad y el derecho a definir los cuidados y tratamientos a los que desea o no someterse ante la proximidad de su muerte", precisa.
Al respecto detalla que: "Dicha manifestación de voluntad deberá constar por escrito y otorgarse ante cualquier ministro de fe".
Curador especial
El texto sostiene que: "Estando en una situación de enfermedad que pueda desencadenar en la muerte, toda persona puede manifestar directamente su voluntad o nombrar el curador especial, por cualquier medio que exprese inequívocamente su consentimiento".
"En este caso, bastará la presencia y fe otorgada por el Director del establecimiento de salud y del representante legal o pariente más próximo", agrega.
"Fuera de las circunstancias anteriores, esto es, bajo la imposibilidad de prestar consentimiento de cualquier forma, los facultativos médicos consultarán, en todo caso la voluntad de los parientes más próximos", concluye.
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