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Este aviso se cerrará en segundos

Coronavirus: Retrasan Toque de Queda a las 23:00 horas en todo el país

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este miércoles, el Gobierno anunció la decisión de atrasar el horario de Toque de Queda, en el marco del Estado de Catástrofe por la pandemia del coronavirus

En concreto, la restricción de desplazamiento será modificada, pasando desde las 22:00 horas, como estaba decretado hasta ahora, a las 23:00 horas, hasta las 05:00 de la mañana, a partir de este viernes 21 de agosto. 

Estado de excepción

El pasado 15 de junio el Gobierno anunció que se extendió por 90 días el Estado de Catástrofe, en el marco la pandemia de coronavirus, medida que fue decretada el pasado 18 de marzo.

A través de un comunicado, señalaron que "el día de hoy, lunes 15 de junio, con ocasión del brote de COVID-19 que afecta al país, calificado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud, el Presidente de la Republica, Sebastián Piñera, ha decidido prorrogar el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, declarado en el territorio chileno mediante decreto supremo N° 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y sus modificaciones, por un plazo adicional de 90 días".

Medidas adicionales

"Adicionalmente se informa el reemplazo de los Jefes de la Defensa Nacional de las regiones del Maule y de Ñuble, Generales de Brigada (Ejército) Patrice Van de Maele Silva y Cristián Vial Maceratta, respectivamente, designados en el artículo segundo del decreto supremo N° 104, de 2020, de esta Cartera de Estado, a quienes el Presidente de la República agradece por su desempeño. Asimismo, se designa en su reemplazo a los Generales de Brigada de Ejercito, Hugo Lo Presti Rojas, y Rubén Segura Flores, respectivamente", expuso en el documento.

Y además, renovaron "las designaciones no modificadas por el presente acto administrativo, efectuadas como Jefes de la Defensa Nacional en cada región del país, a los miembros de las Fuerzas Armadas individualizados en los decretos N° 104 y N° 108, ambos de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública".

¿En que consiste esta medida?

De acuerdo a la Constitución, este estado indica que “una vez declarado el estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente”.

Además bajo esta medida se pueden:

  • Restringir las libertades de locomoción y reunión.
  • Disponer de la requisaciones de bienes.
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de la propiedad.
  • Adoptar medidas extraordinarias de caracter administrativo para restablecer la normalidad en las zonas afectadas.