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Las AFPs que ya liberaron el formulario para solicitar el retiro del 10%

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Para este jueves a las 09:30 estaba programado que todas las AFP habilitaran en su sitio web un apartado especial para que los afiliados procediaran a solicitar el retiro del 10%, sin embargo, algunas adelantaron su proceso.

Las AFP que adelantaron su proceso:

AFP Hábitat

AFP Capital

AFP Cuprum

AFP UNO

AFP Modelo

Trámite solo se realizará a través de los sitios web

Recuerda que el retiro de fondos solo se realizará mediante los sitios web de las AFP, por lo que para evitar estafas asegúrate de dirigirte solo a estos sitios y no entregues información personal mediante correos electrónicos o mensajes de texto.

¿Cómo se realizará el trámite?

Hay que tener en cuenta que tras el pedido, comienza a regir un plazo de 10 días hábiles dentro de los cuales se emite la respuesta por parte de la AFP, para así cruzar y comprobar los datos ingresados, y aprobar la entrega de los fondos requeridos.

¿Qué documentos se necesitan para realizar el trámite?

El único documento que se necesita para solicitar el pago del 10% de los fondos es la cédula o carnet de identidad.

Así sólo se debe ingresar el RUT del titular junto con el número de documento o número de serie que se solicitá a la hora de llenar el fórmulario.

Este dato encuentra en la parte frontal de las cédulas nuevas y en el reverso de las antiguas.

Según informa el sitio web https://www.mi10afp.cl/ la clave de acceso al sitio de la AFP solo será necesaria para verificar la identidad de los extranjeros que aún no tienen RUT definitivo.

¿Cómo recibo el pago de los fondos?

Tras la respuesta de la administradora (10 días hábles), el dinero se deposita en la modalidad que el afiliado haya definido:

  • Transferencia a la Cuenta 2 (AFP).
  • A su cuenta bancaria personal (Para esto, el receptor debe informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad)
  • Cuenta de Caja de Compensación.
  • Vale vista para ser cobrado en una entidad financiera.
  • Las administradoras deberán pagar a sus afiliados el 50% de lo requerido en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud, y el otro 50% en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro.

Los montos que se pueden retirar

La Ley permite el retiro de hasta 10% de los fondos ahorrados con un mínimo de 35 UF (aproximadamente $1.000.000) y un máximo 150 UF ($4.300.000).

Si un afiliado tiene menos de 35 UF, podrá retirar el total del fondo ahorrado en su cuenta.

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