Bono Compensatorio de Sala Cuna: ¿Cuál es el monto?
- Por Meganoticias
El Bono Compensatorio de Sala Cuna garantiza a las madres trabajadoras el acceso a este derecho irrenunciable, aún cuando no puedan obtener dicho beneficio de forma habitual.
Por esta razón, la legislación laboral chilena establece las normas para su entrega, así como el monto que corresponderá para cubrir las necesidades de cuidado de sus hijos.
Monto del Bono Compensatorio de Sala Cuna
La Dirección del Trabajo (DT) indica que la cantidad a entregar debe ser equivalente al gasto que le ocasionaría al empleador el otorgamiento del servicio de una sala cuna. No puede ser una cifra al azar, sino una suma apropiada para el cuidado del menor.
Así, la normativa busca que el dinero entregado permita financiar efectivamente la atención integral del niño, en un establecimiento a elección de la madre y distinto al ofrecido por la empresa.
¿En cuáles casos se paga el Bono Compensatorio de Sala Cuna?
El pago procede bajo autorización previa de la DT, por casos especiales y cuando el tipo de trabajo impide el uso del derecho:
- Trabaja en una localidad donde no existen establecimientos autorizados.
- Labora en una faena minera ubicada en una zona alejada de un centro urbano.
- Presta servicios en turnos nocturnos permanentemente.
- El menor posee un certificado médico que desaconseja su envío a sala cuna. No requiere autorización.
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