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Seguro de Cesantía: ¿Bajo qué motivos te pueden cerrar la cuenta individual?

Cuando una persona queda sin empleo (por renuncia, despido o término de su contrato laboral) puede acudir a los fondos con los que se financia el Seguro de Cesantía.

Este dinero está acumulado en una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), creada y administrada por la AFC Chile mediante un trámite que realiza el empleador (la empresa), no el trabajador.

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Así, cumpliendo los requisitos para acceder al Seguro, aquellos que se encuentren sin empleo pueden solicitar el cobro mensual de sus ahorros de cesantía mientras están en la búsqueda de una nueva fuente laboral.

¿En qué casos se cierra la Cuenta Individual de Cesantía?

Primero que todo, AFC Chile explica que la CIC es única, "independiente de la cantidad de trabajos que usted tenga. En ella se acumulan los dineros correspondientes al 2,2% si usted tiene contrato indefinido y 2,8% si es contrato a plazo, de su remuneración imponible".

"Su objetivo es financiar las prestaciones económicas que recibe del Seguro durante los períodos de cesantía. En ella se registran, en forma cronológica, los abonos y cargos efectuados y los saldos correspondientes", detalla el organismo.

 

Imagen referencial (Aton)

 

Con respecto al cierre de la Cuenta Individual de Cesantía, este se concreta cuando ocurre una de las siguientes situaciones:

  • Por afiliación indebida:
  1. Tener contrato antes del inicio de la Ley 19.278 (la que crea el Seguro de Cesantía y que entró en vigencia el 10 de mayo de 2001).
  2. Estar pensionado antes del inicio de la mencionada ley.
  3. No tener contrato de trabajo regulado por el Código del Trabajo.
  • Cuando fallece el titular de la CIC (en ese caso, el saldo de la cuenta se entrega a sus beneficiarios o herederos que el titular haya registrado como destinatarios).
  • Cuando el titular de la CIC se jubila (en ese caso, los ahorros de cesantía son traspasados a la cuenta de AFP o también puede hacer el retiro total de ellos).

"Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, la Cuenta Individual de Cesantía se mantiene vigente aunque no tenga saldo", consigna la administradora.

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¿Cómo se cobra el Seguro de Cesantía?

Existen dos maneras de hacerlo. La primera es en modalidad online: para ello, las personas que cumplan las condiciones deben ingresar a la sucursal virtual de la AFC (pincha aquí), iniciar sesión con su RUT y Clave única y hacer clic en "cobro del seguro".

El segundo método es hacerlo presencial en sucursales de la AFC (haz clic aquí para conocer sus horarios y ubicaciones). En estas oficinas deben presentar su carnet de identidad y el finiquito, o cualquier otro documento que acredite el término de la relación laboral.

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