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Bolsillo Familiar Electrónico: ¿Qué modificaciones tendrá en septiembre?

El Presidente de la República, Gabriel Boric, anunció este año una iniciativa para reemplazar al Aporte Canasta Básica, cuyo principal objetivo era enfrentar el alza en el precio de los alimentos.

Se trata del Bolsillo Familiar Electrónico, que finalmente fue aprobado por el Congreso y que entró en vigencia en mayo de este año.

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Este aporte se otorga de forma automática a las personas beneficiarias del Subsidio Familiar (SUF), Asignación Familiar (AFAM) o al receptor de transferencias del programa Chile Seguridades y Oportunidades.

La ayuda económica, que estará disponible hasta diciembre, entrega $13.500 mensuales por carga familiar, monto que es transferido a la Cuenta RUT de Banco Estado del beneficiario.

En caso de recibir el aporte, con cada compra con la Cuenta RUT se aplicará un descuento de hasta un 20% del total. Las transacciones pueden hacerse en supermercados, almacenes y ferias libres que cuenten con sistema de pago de débito.

Los cambios que se aplicarán en septiembre

En primer lugar, entre mayo y agosto de este año se consideran las nóminas de las personas causantes y beneficiarias del SUF y de la AFAM al 31 de diciembre de 2022.

 

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Sin embargo, entre los meses de septiembre y diciembre próximos, se tendrán en cuenta las nóminas al 30 de abril de 2023.

¿A quién está destinado el Bolsillo Familiar Electrónico?

El Bolsillo Familiar Electrónico está destinado a:

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
  1. Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
  2. Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
  3. Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
  4. Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
  5. Menores de 18 años de edad.

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