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Asignación Familiar: ¿Cómo puedo saber si soy beneficiario?

Dirigido a  trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, la Asignación Familiar es un beneficio de carácter estatal, cuyos montos dependen directamente a los ingresos que reciben los beneficiarios. 

A su vez, esta bonificación es entregada en relación con las cargas familiares que el receptor de este aporte tenga inscritas.

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¿Quiénes reciben este beneficio?

Los trabajadores dependientes, independientes, pensionados o subsidiados, deben cumplir, al menos, unas de estas condiciones para calificar como beneficiario:

  • Ser un trabajador dependiente del sector público o privado.
  • Ser un trabajador independiente afiliado a un régimen previsional (régimen antiguo) al 1º de Enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Ser un trabajador independiente obligado o no a cotizar en el sistema de AFP, que haya acreditado cargas en el IPS.
  • Ser una persona con subsidio de cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Ser una persona con subsidio de cesantía pensionado de cualquier régimen.
  • Ser pensionada de viudez y madre de hijos nacidos antes de que contrajera matrimonio el trabajador o pensionado beneficiario.
  • Ser una persona con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Ser un trabajador con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez.
  • Ser beneficiario del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años.

Por otro lado, las causantes del beneficio, también conocidas como cargas por las que se puede hacer efectivo el aporte son:

  • Ser un trabajador dependiente del sector público o privado.
  • Ser un trabajador independiente afiliado a un régimen previsional (régimen antiguo) al 1º de Enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Ser un trabajador independiente obligado o no a cotizar en el sistema de AFP, que haya acreditado cargas en el IPS.
  • Ser una persona con subsidio de cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Ser una persona con subsidio de cesantía pensionado de cualquier régimen.
  • Ser pensionada de viudez y madre de hijos nacidos antes de que contrajera matrimonio el trabajador o pensionado beneficiario.
  • Ser una persona con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Ser un trabajador con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez.
  • Ser beneficiario del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años.

¿Cómo recibir los pagos?

Para poder ser merecedor de los aportes, es necesario que el beneficiario tenga reconocidas y acreditadas sus cargas familiares. Para realizar ese trámite, se debe efectuar en el organismo que administra las cargas familiares del trabajador, y puede ser una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras entidades.

Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el trabajador comenzará a recibir el pago del beneficio.

Los montos de la Asignación Familiar varían dependiendo del sueldo del trabajador. En detalle:

  • Ingreso mensual hasta $ 429.899: reciben $20.328
  • Ingreso mensual entre $ 429.900 y $ 627.913: reciben $12.475.
  • Ingreso mensual entre $ 627.914 y $ 979.330: reciben $3.942.
  • Ingreso mensual a partir a $ 979.331: no reciben.

El pago de este beneficio se ejecuta mensualmente a pensionados y trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional (AFP y ex cajas de previsión). Por el contrario, los trabajadores independientes reciben el dinero una vez al año.

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