Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Subsidio Familiar: ¿En qué casos el pago es doble?

Las familias que estén dentro del 60% más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares (RSH), pueden recibir el Subsidio Familiar, también conocido como Subsidio Único Familiar (SUF).

Este aporte tiene el propósito de ser una importante ayuda monetaria para la economía doméstica de los hogares y se entrega de manera prioritaria a las madres. Además, el adjudicarse este beneficio permite acceder gratis a prestaciones médicas y odontológicas.

Ir a la siguiente nota

Desde el 1 de mayo, el monto del SUF fue incrementado a raíz del plan de seguridad económica que implementó el Gobierno para apoyar a las familias, manteniendo la posibilidad de recibir un pago doble si es que se dan las condiciones.

¿Cuándo se entrega un pago doble del Subsidio Familiar?

A partir del presente mes, el Subsidio Familiar Único otorga $20.328 por causante. Si dicha carga familiar posee una discapacidad intelectual —que esté contemplada en la Ley. 18.600—, entonces el beneficiario recibirá un pago doble, es decir, $40.656.

A modo de ejemplo: una madre tiene dos cargas familiares y una de ellas tiene discapacidad intelectual acreditada. Por un causante recibirá los $20.328 y, por la otra, los $40.656. De esa manera, obtendrá mensualmente un pago total de $60.984.

La vigencia del SUF se extiende por tres años y se paga hasta el 31 de diciembre del año en que el causante cumple los 18 años de edad.

 

Imagen referencial.

 

¿Quiénes pueden solicitar el SUF y cómo hacerlo?

Además de estar dentro del respectivo tramo, la persona no debe estar en condiciones de proveer por sí sola (o en unión de su grupo familiar) a la mantención y crianza de su carga familiar, cuya edad debe ser menor a 18 años.

Así lo explica ChileAtiende, portal que señala el siguiente orden prioritario de los usuarios que pueden solicitar este subsidio:

  1. La madre.
  2. En su defecto, el padre.
  3. Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o a los menores.
  4. Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual que vivan a sus expensas.
  5. Las embarazadas (pueden pedirlo como Subsidio Maternal).

 

ATON/ Imagen referencial.

 

Reunidas estas condiciones, entonces la persona debe acercarse a la municipalidad de su comuna de residencia y presentar los siguientes papeles:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
  • Acreditar la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), correspondiente al domicilio del causante.
  • Si la mujer está embarazada, deberá certificar que se encuentra en el quinto mes de embarazo mediante documento extendido por un médico o matrona.
  • En caso de ser guardador o cuidador de un menor de edad, se deberá acreditar.

Todo sobre Beneficio Familiar