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Pronto comienza la restricción vehicular en Santiago: Revisa el calendario para este 2023

Entre mayo y agosto de este año regirá la restricción vehicular permanente en la ciudad de Santiago, en el marco del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC), anunciado por el Gobierno esta semana.

Unos de los puntos clave anunciados por el Ejecutivo es, primero, la extensión del perímetro, teniendo en cuenta que antes la medida era solo hasta el interior del anillo de Américo Vespucio, y segundo, la publicación del calendario para el 2023.

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¿Hasta qué zonas se extenderá el perímetro?

El Gobierno informó que la restricción vehicular permanente se ampliará a toda la provincia de Santiago y que se sumarán las comunas de Puente Alto y San Bernardo.

El ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, señaló que "históricamente, la restricción vehicular era solamente al interior del anillo Américo Vespucio, y este año, por primera vez, vamos a extender el área en la cual los vehículos están afectos a la restricción vehicular a toda la provincia de Santiago, es decir, sus 32 comunas, más San Bernardo y Puente Alto".

¿Qué vehículos se contemplan en esta medida?

La restricción vehicular contempla a los vehículos catalíticos inscritos hasta el 2011 y también a las motocicletas inscritas hasta el 2010.

En tanto, el horario en que se aplicará la medida será de lunes a viernes, a excepción de los días festivos, y desde las 07:30 de la mañana a las 21:00 horas.

De acuerdo a lo anterior, la restricción vehicular empezará a funcionar en la capital, oficialmente, desde el martes 2 de mayo, ya que el primer día del próximo mes es feriado (Día del Trabajador).

 

Archivo Aton

 

 

Asimismo, quienes sean sorprendidos incumpliendo esta normativa, arriesgan una multa que va de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre unos $60 mil a $90 mil.

El calendario de restricción vehicular

Por último, el calendario de restricción anunciado para los automóviles, station wagons y similares (catalíticos inscritos antes de septiembre del 2011) es:

  • Lunes: 2-3
  • Martes: 4-5
  • Miércoles: 6-7
  • Jueves: 8-9
  • Viernes: 0-1

 

Aton

 

En tanto, para los vehículos no catalíticos los dígitos por día aumentan a cuatro. Estos son:

  • Lunes: 4-5-6-7
  • Martes: 8-9-0-1
  • Miércoles: 2-3-4-5
  • Jueves: 6-7-8-9
  • Viernes: 0-1-2-3

A su vez, la restricción para motocicletas inscritas desde el 2002 y antes de septiembre del 2010 es:

  • Lunes: 2-3
  • Martes: 4-5
  • Miércoles: 6-7
  • Jueves: 8-9
  • Viernes: 0-1

Por último, la medida para motocicletas con año de fabricación anterior a 2002 es:

  • Lunes: 4-5-6-7
  • Martes: 8-9-0-1
  • Miércoles: 2-3-4-5
  • Jueves: 6-7-8-9
  • Viernes: 0-1-2-3

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