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Llamado especial del Subsidio DS49: ¿Quiénes pueden acceder?

El Fondo Solidario de Elección de Vivienda, más conocido como Subsidio DS49, es uno de los beneficios habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) que permite adquirir la vivienda propia sin necesidad de optar a un crédito hipotecario.

El Minvu, actualmente, tiene habilitadas las postulaciones de un llamado en condiciones especiales del DS49 para Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida.

El llamado está especialmente dirigido para familias y grupos que tengan asociado un proyecto de Construcción en Sitio Propio, es decir, edificar una vivienda en un sitio que pertenece a la persona que desea postular.

Asimismo, pueden postular quienes deseen optar a la densificación predial, que consiste en la construcción de una o más viviendas donde ya hay propiedades habitacionales; o pequeños condominios, construcciones que tengan entre 2 y 12 viviendas en un terreno urbano que puede considerar equipamiento comunitario.

Todo sobre Subsidio DS49

¿Quiénes pueden acceder?

Al llamado especial del Subsidio Ds49 pueden acceder las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Si están en el 40% más vulnerables del Registro Social de Hogares (RSH), deben tener un ahorro mínimo de 10 UF ($353 mil aproximadamente). 
  • Quienes estén sobre el 40% y hasta el 90% del RSH, requieren un ahorro mínimo de 15 UF ($530 mil aprox.).

En el caso de las postulaciones colectivas, se debe considerar lo siguiente:

  • Al menos el 50% de sus integrantes debe pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el RSH.
  • Hasta un 50% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población, según el RSH.
  • En caso de postulación individual, los postulantes de la tipología de Construcción en Sitio Propio podrán pertenecer al 50% más vulnerable, y al 40% más vulnerable en tipología Densificación Predial.

¿Cómo puedo postular?

Las postulaciones al llamado especial para Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeño Condominio se pueden realizar hasta el 7 de diciembre de 2023.

Para postular hay que realizar el siguiente proceso:

  • Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes.
  • El grupo debe contar con la asesoría de una entidad patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa).
  • La entidad debe presentar un proyecto habitacional para la construcción de un loteo o copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la entidad patrocinante, de la empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
  • El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el comité.
  • El proyecto es evaluado por Serviu, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que estas sean corregidas por la entidad patrocinante.
  • Una vez que el proyecto resulte calificado por Serviu, pueden participar en la selección que se dispone con este llamado.
  • Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.

Para más información, ingresa aquí.

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