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Bono por hijo: ¿Cuándo se le entrega este beneficio a las mujeres?

El Bono por Hijo es un beneficio que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) con la finalidad de aumentar la pensión de las mujeres que sean madres, ya sean biológicas o adoptivas. 

La ventaja de este aporte es que comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento de su hijo o hija, lo que significa un aporte relevante para sus ahorros previsionales.

Para acceder al beneficio, se debe tener 65 años de edad o más y residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años, entre otros requisitos.

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¿Qué madres pueden recibir el Bono por Hijo?

El Estado define a tres tipos de madres que pueden obtener los aportes del bono:

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) —que antes eran beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Vejez— a contar del 1 de julio de 2009.
  • Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS desde el 1 de julio de 2009.

¿Cuándo se entrega este beneficio?

Este beneficio se pagará en la misma fecha que su respectiva pensión:

  • Mujeres afiliadas a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP): el bono se pagará junto a la pensión hasta que se agote la totalidad del monto.
  • Beneficiarias de una Pensión Garantizada Universal (PGU), o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009: la bonificación se pagará junto a la pensión en forma vitalicia.

¿Cuál es el monto del Bono por Hijo?

El monto del bono se define así:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo. Para este caso, se considera el salario mínimo de los trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años.

Las solicitudes están disponibles durante todo el año en www.persona.ipsenlinea.cl/IpsEnLinea/, plataforma a la que se accede con RUT y se pincha en la opción "Bono por Hijo". Si la solicitante cumple con los requisitos, el sistema le autorizará continuar con el proceso.

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