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Aguinaldo de Fiestas Patrias en el sector público: Revisa los requisitos para recibirlo

Los aguinaldos son aportes monetarios que entrega el Estado en determinados momentos del año, y el próximo a otorgarse corresponde al de Fiestas Patrias, en septiembre. Sus principales beneficiarios son los pensionados y los trabajadores del sector público. En cuanto al sector privado, su entrega depende de cada empresa.

Su gran ventaja es que consiste en una ayuda económica que no es imponible ni tributable, por lo que no está afecto a descuentos. Es decir, el dinero se otorga íntegramente junto al respectivo sueldo o de manera anticipada, lo que dependerá de los empleadores.

En el caso de los funcionarios públicos, el aguinaldo tendrá dos tipos de monto, según la remuneración líquida que registre el empleado en el presente mes de agosto.

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¿Qué requisitos deben cumplir los funcionarios públicos para recibir el aguinaldo?

Para ser beneficiados con la entrega del aguinaldo de Fiestas Patrias, los funcionarios del sector público deben precisamente desempeñen cargos de planta o a contrata en los siguientes organismos: 

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente. 

Puedes revisar los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley 21.405 (disponible en este enlace) para conocer en detalle quiénes son los empleados públicos que reciben el aguinaldo.

¿Qué monto recibe el sector público?

La cifra del aguinaldo variará según los ingresos que tengan los funcionarios públicos:

  • Será de $81.196 para las y los trabajadores cuya remuneración líquida de agosto de 2022 sea igual o inferior a $842.592.
  • Será de $56.365 para quienes tengan una remuneración líquida de agosto de 2022 superior a los $842.592.

Aguinaldo en el sector privado: ¿Cuáles son las condiciones?

Los empleadores (empresas) del sector privado no están obligados a entregar el aguinaldo de Fiestas Patrias. Sin embargo, sí constituye un derecho para sus trabajadores cuando se cumplen una de dos condiciones:

  • El aguinaldo está contemplado en su contrato de trabajo.
  • Existe un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

De cumplirse uno de estos escenarios, entonces cualquier trabajador del sector privado podrá exigirle a su empresa la entrega del aguinaldo, cuyo monto dependerá de lo estipulado en el contrato o en el convenio colectivo.

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