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Vocales de mesa: Revisa con tu RUT si fuiste elegido

  • Por Meganoticias

Este sábado 30 de octubre, el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de los vocales de mesa para las próximas elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales, que se desarrollarán el domingo 21 de noviembre, tanto en Chile como en el extranjero.

Los vocales de mesa deben cumplir un rol fundamental en el desarrollo de los comicios, ya que deben velar por los sufragios y garantizar que se realicen de forma ordenada.

¿Cómo saber si soy vocal de mesa?

Para conocer si fuiste designado vocal de mesa, tanto en Chile como en el extranjero, debes ingresar a "Consulta de Datos Electorales" en el sitio web del Servel.

Allí debes escribir tu RUT -sin puntos y con guion- y completar el respectivo 'captcha' que aparecerá en pantalla. 

El sistema entregará informará si fuiste electo vocal de mesa o miembro del colegio escrutador. También se entregará información sobre la mesa y el local en que te toca votar.

 

El Servel también comunicará por carta certificada a los vocales y miembros de Colegios Escrutadores de su nombramiento, indicando la fecha, hora y lugar de constitución y funcionamiento de la Mesa o Colegio Escrutador.

En el caso de quienes votan en el extranjero, el Servel les comunicará al correo electrónico de cada uno de los vocales de su nombramiento, indicando la fecha, hora y lugar de constitución y funcionamiento de la Mesa y los nombres de los demás vocales

¿Me puedo excusar?

Las personas que no puedan cumplir con su labor de vocal de mesa o miembro del colegio escrutador, podrán excusarse ante la Junta Electoral correspondiente a su zona de residencia, entre el martes 2 y jueves 4 de noviembre.

Las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700 y aquellas dictadas por acuerdo del Consejo Directivo de Servel, son las siguientes:

  • Personas de 60 años de edad o más.
  • Mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
  • Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años.
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Luego, el 6 de noviembre, se publicará la nómina de vocales reemplazantes. En este punto, la ley no contempla excusas.

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