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Crédito CAE: Conoce quiénes pueden solicitar el pago de cuotas rebajadas al 10% de su renta

  • Por Meganoticias

El Crédito con Garantía Estatal (CAE) es una alternativa de financiamiento otorgada a estudiantes que iniciarán o continuarán sus estudios en una carrera de pregrado en una institución de educación superior.

Para las personas que ya se encuentran pagando el CAE, y cuyas cuotas superen el 10% de su renta bruta promedio de los últimos 12 meses, existe un beneficio que les permite acceder a pagos rebajados.

¿Quiénes pueden solicitar las cuotas rebajadas?

Este beneficio está dirigido a las personas que pagan cuotas del CAE superiores al 10% de su renta bruta promedio y que, además, cumplan las siguientes características:

  • Egresados o desertores de la carrera, que ya estén pagando el crédito CAE que solicitaron para sus estudios o cuyo cobro se iniciará el mes siguiente o subsiguiente.
  • Personas que tengan el beneficio y quieran renovarlo por otros seis meses.

¿En qué consiste la rebaja?

Según señala el sitio de la Comisión Ingresa, encargada de administrar el CAE, si tus cuotas son de, por ejemplo, $50.000, pero tu renta bruta promedio de los últimos 12 meses son $300.000, tienes derecho a pagar cuotas de $30.000. El remanente, es decir, los $20.000 restantes de la cuota son asumidos por el Estado.

Este beneficio tiene una duración de seis meses, siendo posible renovarlo si es que tus condiciones socioeconómicas se mantienen.

¿Cómo se solicitan las cuotas rebajadas?

Para solicitar ese beneficio, debes completar y enviar el Formulario de Rebaja de Cuotas, que encontrarás en www.ingresa.cl y también en www.reprogramadoscorfo.cl.

En la postulación, tienes que ingresar tus datos personales y el tipo de dependencia laboral que has tenido en los 12 meses que aparecerán señalados en el formulario.

Según la dependencia laboral y situación, deberás registrar la renta bruta para cada categoría de ingreso y para cada uno de los 12 meses señalados en el cuadro, excepto en el caso del sueldo bruto.

Tras registrar esos datos, se desplegará una Declaración Jurada de Renta, cuyos términos legales deberás aceptar y firmar electrónicamente, digitando tu RUT y clave de acceso, acreditando de ese modo la veracidad de los datos que proporcionaste en el formulario.

Adicionalmente, se te pedirá que adjuntes determinados documentos para acreditar las rentas.

¿Qué documentos debo adjuntar?

Los documentos a adjuntar dependerán del tipo de dependencia laboral que el trabajador ha tenido en los 12 meses indicados en la Declaración de Renta, las cuales pueden ser:

  • Trabajador dependiente (con contrato de trabajo) o pensionado
  • Trabajador independiente (a honorarios)
  • Trabajador dependiente e independiente (con contrato y a honorarios) o pensionado

Para conocer los documentos requeridos según cada categoría, haz clic aquí.  

¿Cuándo se puede postular?

El beneficio se puede solicitar en cualquier momento del año. Si postulas los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario no presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota. Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente.

Por lo tanto, para recibir la rebaja durante el mes de septiembre debes postular hasta este domingo 15 de agosto. Si realizas la solicitud desde el día lunes 16 de agosto, la cuota de 10% de tu renta regirá desde el mes de octubre.

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