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Día del Trabajador: ¿Qué locales del comercio pueden funcionar este 1 de mayo?

  • Por Meganoticias

Este sábado 1 de mayo se conmemorará un nuevo Día Internacional del Trabajador, en honor a los 350 mil obreros que paralizaron fábricas en Estados Unidos durante 1886, con el fin de reivindicar la jornada laboral de ocho horas.

En Chile este día es feriado irrenunciable y obligatorio, por lo que hay ciertas restricciones para el funcionamiento del comercio.

Según lo dispuesto en el Código del Trabajo, el descanso para el 1 de mayo comienza a las 21:00 horas del día anterior -es decir, este viernes- y termina a las 06:00 horas del día siguiente (2 de mayo).

Además, este año, al igual que en 2020, el Día del Trabajador estará marcado por la pandemia del Covid-19, y diferentes comunas tendrán restricciones de movilidad según la fase del Plan Paso a Paso en que se encuentren.

¿Qué comercios podrán funcionar el 1 de mayo?

La ley 19.973 establece que este día es feriado irrenunciable para todos los trabajadores dependientes del comercio, salvo excepciones.

En detalle, según lo dispuesto en la legislación, podrán funcionar los siguientes recintos:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como "bencineras" o "bombas de bencina").
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.

Los locales que son atendidos por sus propios dueños también podrán operar.

Por el contrario, debido a las restricciones del Plan Paso a Paso para comunas en Cuarentena y Transición, no podrán funcionar los casinos de juegos ni lugares de entretenimientos.

En estas comunas, además, los restaurantes no podrán recibir público debido a las restricciones sanitarias vigentes.

Multas para el empleador

Las empresas que sean sorprendidas incumpliendo con este feriado obligatorio e irrenunciable recibirán multas que van desde las 5 UTM ($257.960 aproximadamente) hasta las 20 UTM (cerca de $1.031.840).

La sanción se aplicará por cada trabajador afectado por la infracción, según el número total de trabajadores de la empresa.

En caso de quienes trabajen en lugares que están excluidos del descanso, "tendrán derecho a estos descansos una vez cada dos años, es decir, año por medio", detallaron desde la Dirección del Trabajo.

De ese modo, quien deba trabajar este 1 de mayo, deberá tener descanso irrenunciable el 1 de mayo de 2022, siempre y cuando continúe con el mismo empleador.

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