Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Este mes comienza el pago del Bono Invierno 2020: Revisa quiénes lo reciben y cuál es el monto

  • Por Meganoticias

A partir de este mes de mayo comienza el pago del Bono Invierno 2020, un beneficio que se entrega a personas pensionadas como una ayuda económica para enfrentar los gastos típicos de la época invernal.

El Bono Invierno 2020 es uno de los beneficios que entrega el Gobierno a los sectores más vulnerables de la población y consiste en un pago único al año que se entrega a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y no requiere postulación.

El beneficio se entrega a personas de 65 años que reciben montos inferiores o iguales a $161.680 como pensión y que además cumplen con otros requisitos establecidos.

¿Quiénes lo reciben?

El Bono de Invierno 2020 se entrega a partir de mayo a los siguientes pensionados:

  • Del Instituto de Previsión Social.
  • De Pensiones Básicas Solidarias.
  • Del Instituto de Seguridad Laboral.
  • De la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • De las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo.
  • De AFP y Compañías de Seguros que percibieron en el mes de mayo de 2019 el beneficio de Aporte Previsional Solidario de Vejez.
  • De AFP Compañías de Seguros beneficiados con Garantía Estatal.

¿Cuándo se entrega el bono?

El Bono Invierno 2020 se entrega como pago único junto a la pensión de mayo, por lo que cada beneficiario podrá cobrar su aporte junto con el depósito o cobro de su jubilación. El bono no es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos. 

¿Cuál es el monto?

Aunque el monto de este año no ha sido anunciado, como referencia el valor del Bono Invierno 2019 alcanzó los $62.791. Será de cargo fiscal, no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.

No tendrán derecho a dicho bono quienes sean titulares de más de una pensión de cualquier tipo, seguro social, o de pensiones de gracia, salvo cuando éstas no excedan, en su conjunto, del valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.