Flexibilización de las 40 horas propuesta por el Gobierno: Así podrían acordar empresas y trabajadores la jornada

¿Qué pasó?

La forma en que una empresa y un trabajador distribuyen la jornada laboral podría cambiar si prospera el proyecto de ley impulsado por el Gobierno que inició su tramitación en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados.

La iniciativa busca perfeccionar los mecanismos de adaptabilidad incorporados por la Ley de 40 Horas, entregando mayor flexibilidad para organizar el horario de trabajo, mediante un acuerdo entre ambas partes.

40 horas en 16 o 52 semanas

El proyecto mantiene el promedio legal de 40 horas semanales, pero propone ampliar el período sobre el cual esas horas pueden distribuirse.

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En términos generales, el ciclo pasaría de un máximo de cuatro a 16 semanas, mientras que para el sector turismo y actividades relacionadas, como hotelería, gastronomía, entretenimiento y operadores turísticos, podría extenderse hasta 52 semanas, debido a la estacionalidad propia de esas actividades.

¿Cómo se acordaría la nueva distribución de la jornada?

La propuesta establece que empleador y trabajador deberán suscribir un pacto por escrito, en el que se defina un calendario con la distribución diaria y semanal de la jornada durante todo el ciclo acordado.

Además, las partes podrán establecer distintas alternativas de distribución dentro del mismo período. En ese caso, el empleador deberá informar cuál de ellas se aplicará al menos una semana antes del inicio de cada mes del ciclo.

La iniciativa también mantiene límites para la jornada semanal. En ningún caso se podrán superar las 45 horas ordinarias en una semana, y en más de la mitad de las semanas que integren el ciclo no podrá excederse el promedio legal de 40 horas.

El Gobierno explicó que "la aplicación de un sistema de jornada por ciclos requiere acuerdo entre las partes. El calendario correspondiente debe quedar establecido al momento de pactarse el sistema en el contrato y no puede ser modificado unilateralmente para un nuevo ciclo. Por tanto, si no existe acuerdo para establecerlo o modificarlo, no puede aplicarse la nueva planificación y continúa rigiendo la jornada previamente acordada".

Acuerdo excluye a sindicatos

Uno de los puntos que concentra la discusión es la forma en que se celebrarán estos pactos.

El exdirector del Trabajo, Marcelo Albornoz, explicó en La Tercera que "al reemplazar el artículo 22 bis, una innovación en comparación con la ley vigente es que para llegar a este acuerdo se excluye a los sindicatos y solo será a través de una negociación individual".

Una mirada distinta planteó Fernanda Villagra, directora del área laboral y nuevas tecnologías de Mendoza Luksic y Valencia, quien sostuvo que "más que hablar de una exclusión del sindicato, se valora la posibilidad de la negociación directa". Agregó que "siempre es positivo que se entregue espacio para que el empleador y el trabajador puedan acordar condiciones que se ajusten a sus realidades particulares, sobre todo cuando esa conversación directa permite otorgar una mayor flexibilidad en beneficio de la persona y de la conciliación de su vida personal y laboral".

En la misma línea, Rodrigo Ugarte, socio del estudio Aninat, afirmó que "el pacto individual permite que el mecanismo sea efectivamente aplicable, sin alterar los límites de protección establecidos por la legislación".

También indicó que "la regulación propuesta aporta mayor certeza jurídica, ya que establece un mecanismo uniforme para todas las empresas que decidan implementar esta modalidad, evitando que su utilización quede supeditada a la existencia de una organización sindical. A priori, no advierto que la ausencia de intervención sindical afecte la legitimidad del mecanismo propuesto".

Pero Matías Baeza, del estudio Vial Gallardo Abogados,  señaló que "hay que tener presente que la norma laboral vigente solo requiere la intervención y acuerdo previo con el sindicato para los trabajadores que estén afiliados a una organización sindical. Considero que se debiera mantener la misma condición, a fin de lograr un equilibrio en la negociación de la adaptabilidad laboral y respetar el rol del sindicato".

¿Qué otros cambios contempla la iniciativa?

El proyecto también propone que, tratándose de trabajadores distintos al sector turismo, las empresas puedan acordar ciclos de hasta 52 semanas mediante negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, únicamente respecto de sus afiliados. En todos los casos se mantiene el límite de 45 horas ordinarias por semana.

Asimismo, la propuesta no modifica el régimen de horas extraordinarias vigente. En ese contexto, el ministro del Trabajo, Tomás Rau, enfatizó ante los diputados que la iniciativa no amplía la jornada a 52 horas semanales, sino que mantiene el máximo de horas extraordinarias permitido por la legislación.

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