"Paga tu pasaje": Congreso despacha a ley sanciones contra evasores del transporte público
- Por Aton | Diego Alonzo
¿Qué pasó?
Más fiscalización y aumento de sanciones por evasión del pago de tarifas en el transporte público remunerado de pasajeros contempla el proyecto aprobado por la Sala de la Cámara de Diputados y enviado a fase de promulgación como ley de la República.
La propuesta se originó en una moción impulsada por el diputado Carlos Bianchi, refundida con un mensaje del Ejecutivo, ingresado en la administración anterior. En la presente jornada se revisó según las modificaciones del Senado, las cuales se aprobaron en su totalidad por 145 votos a favor y dos abstenciones.
"Paga tu pasaje"
Una de las innovaciones de este proyecto, también conocido como “Paga tu pasaje”, lo constituye la nueva tarifa recargada. Implicará para el evasor pagar un monto mayor al habitual al momento de ser controlado y constatarse estar en falta. Esto le permitirá permanecer en el bus y evitar caer en el Registro de Evasores del Transporte Público.
Asimismo, se considerará que quien ingrese por las puertas traseras sin autorización se presumirá que no pagó la tarifa y será sancionado. De comprobarse, igualmente, el uso indebido de un instrumento o mecanismo que permita el acceso al transporte con beneficios, este se requisará y destruirá.
Estarán habilitados para constatar el no pago y notificar la infracción carabineros, inspectores fiscales y municipales. También personal de Metro, EFE y de los prestadores de transporte público. Para la detección e identificación se autoriza a los inspectores el uso de autentificación biométrica. De igual modo, si la persona se resiste a indicar su domicilio, se entrega la posibilidad que Carabineros la conduzca a una unidad policial para dicha verificación.
Sanciones y cambios
Las multas por evasión, que hoy se tramitan ante los juzgados de policía local, pasarán a un sistema administrado por la División de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes.
Quien no impugne la infracción y pague la multa luego de la notificación, antes del plazo de 20 días hábiles, tendrá derecho a pagar el monto mínimo, con una rebaja del 50%. Empero, quien no pague la multa con anticipación ni impugne la infracción se le aplicará el monto máximo.
El proyecto, adicionalmente, extiende los efectos de caer en el Registro de Evasores. En la actualidad, éste contempla la suspensión de documentos que permiten rebaja tarifaria (como TNE y TAM); la suspensión de la entrega de la licencia de conducir y permiso de circulación; y retención de la devolución de impuestos a la renta.
Con esta iniciativa, se sumará a lo anterior, la restricción de acceso a espectáculos de fútbol profesional. También, la denegación de otorgamiento o renovación de pasaporte y la restricción en la entrega del permiso de residencia. Además, se extiende la vigencia de la aplicación de estas medidas de tres a cinco años.
Entre las enmiendas del Senado, se obliga a la notificación al infractor de la existencia del incumplimiento. También se fija un plazo para la suspensión del beneficio de rebaja o exención de tarifa. Este corresponderá a un mínimo de un año y un máximo de dos años, según la gravedad y reiteración de la infracción.
Además, se ordena a los entes fiscalizadores a la definición de un plan de fiscalización a desarrollarse en el año siguiente y se estableció que será competente para conocer de los reclamos, el juzgado de policía local de la comuna en que se verificó la infracción en el transporte público.
Por otra parte, se aclara que el pago de la multa será de beneficio fiscal; se exige que se incluyan las zonas geográficas donde se aplicará la tarifa recargada; y se incluye un artículo transitorio que regula la entrada en vigencia gradual de la ley.
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