Iba a ser un parque: Gobierno desiste de expropiar Club Hípico de Punta Arenas
¿Qué pasó?
El Ministro de Vivienda y Urbanismo, Iván Poduje, ordenó la cancelación del proceso de expropiación del Club Hípico de Punta Arenas. Iniciativa desarrollada por el gobierno del expresidente Gabriel Boric para avanzar con el cumplimiento del Plan de Ciudades Justas y el de Emergencia Habitacional.
El terreno sería utilizado para la construcción de áreas verdes, equipamiento urbano y viviendas.
Diario Financiero reveló que el ministro Poduje envió un oficio en el que, además de ordenar el desistimiento de la expropiación, citó el denominado Plan de Ajuste Fiscal, que ordena a todos los ministerios y servicios públicos una reducción del 3% del gasto bruto de forma inmediata. Además del congelamiento de contrataciones y cualquier pago que no constituya una obligación legal vigente e ineludible.
La comisión tasadora nombrada por el Serviu de Magallanes estableció un monto provisional de indemnización de 22.7 millones de dólares, que equivalen a más de 21 mil millones de pesos. De haberse concretado, este proceso de expropiación sería el más caro de los últimos 20 años en Chile.
En ese sentido, Ivan Poduje expresó que este pago "importaría un desembolso de significancia presupuestaria que no resulta compatible con las restricciones impuestas por la referida circular", refiriéndose al Plan de Ajuste Fiscal. Además, agregó que esto "no constituye una obligación legal exigible y no se encuentra en condición de ejecución inmediata".
Disputa legal por la expropiación
Al día de hoy sigue en curso una disputa legal, debido a que los dueños del inmueble en cuestión exigen una indemnización de más del doble del monto fijado, alegando que los peritos designados hicieron una tasación inadecuada. El reclamo fue presentado el pasado 19 de marzo por el abogado Felipe Molina, líder del equipo legal Expropiados.cl y representante de los dueños del Club.
En cuanto a la decisión de Iván Poduje, el abogado cuestionó su acción y explicó al Diario Financiero que el Ministro cometió "un error de interpretación, de manera de acelerar indebidamente un proceso", ya que, según aclaró y basándose en el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, una vez consignada la indemnización, "el dominio del bien expropiado quedará radicado, de pleno derecho, a título originario en el patrimonio del expropiante".
Felipe Molina aseguró que dicha consignación se realizó el 30 de diciembre de 2025, es decir, que desde ese momento el Serviu de Magallanes no solo obtuvo el dominio del bien, sino que efectuó acciones de dueño como permitir que los dueños mantuvieran a sus caballos en el terreno.
"Velaremos porque cualquier acto administrativo que nos afecte, sea conforme a las normas que así nos rigen, sin arbitrariedades ni ilegalidades, como asimismo por el resarcimiento de todos los daños que se ha provocado en nuestro patrimonio", concluyó el abogado.
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