Sufrió un infarto y tras dos días lo despidieron: Ahora deberán pagarle más de 9 millones de pesos de indemnización

¿Qué pasó?

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en España, declaró nulo el despido de un camionero que había sido finiquitado por su empresa tan solo dos días después de haber sufrido un infarto, cuestión por la que deberán readmitirlo en su trabajo y pagarle una millonaria indemnización.

Despedido a dos días de sufrir un infarto

Según relata Noticias Trabajo, el empleado trabajaba en la empresa desde el 24 de febrero de 2023 como conductor mecánico por un salario de 51,36 euros al día (58 mil pesos chilenos). Un año después, el 26 de febrero de 2024 sufrió un infarto y tuvo que ser llevado de urgencia a un hospital.

El mismo día del infarto el hombre inició una baja laboral, el equivalente a una licencia médica en Chile, por lo que al día siguiente su esposa informó de esta situación en la empresa donde trabajaba su marido.

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Sin embargo, el día 28 de febrero la empresa le comunicó mediante un correo electrónico que había sido despedido con efecto desde el 25 de febrero, un día antes del infarto, porque según la compañía, "no había superado el periodo de prueba".

Millonaria indemnización para camionero despedido

No conforme, el camionero demandó a la empresa ante el Juzgado Social N°1 de Girona, quien declaró nulo el despido y estableció la compañía debía readmitirlo, pagarle los salarios que hubiera cobrado durante todo el tiempo que estuvo despedido y entregarle una indemnización de 8.000 euros (9.043.200 pesos chilenos).

Pese a haberle ganado a la empresa, el hombre decidió ir más allá y presentó un recurso con la intención de que se declarara un salario diario de 124,02 euros (más de 140 mil pesos chilenos), o subsidiariamente de 62,01 euros (70 mil pesos chilenos) para recibir un abono mayor de los sueldos no percibidos.

Lamentablemente para él, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestimó este último recurso por defectos de forma, rechazando el aumento del salario diario, por lo que solo se limitó a confirmar la sentencia de primera instancia establecida por el Juzgado Social N°1 de Girona.

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