Posesión efectiva: Cómo realizar el trámite de una herencia y cuánto cuesta en Chile

Cuando una persona fallece sin dejar testamento, sus familiares deben hacer un trámite para disponer legalmente de los bienes que dejó. Se trata de la posesión efectiva, procedimiento que permite determinar quiénes son los herederos y qué bienes, derechos y obligaciones forman parte de la herencia.

En Chile, cuando se trata de una herencia intestada, la solicitud puede realizarse directamente ante el Registro Civil, sin un abogado o abogada.

El trámite está disponible de manera online, utilizando Clave Única, y también puede hacerse presencialmente en una oficina del Registro Civil habilitada.

Ir a la siguiente nota

¿Quiénes pueden heredar?

La ley establece distintos órdenes de sucesión para determinar quiénes tienen derecho a recibir los bienes de una persona fallecida.

En el primer orden se encuentran los hijos e hijas y el cónyuge o conviviente civil sobreviviente. Los descendientes pueden heredar directamente o mediante representación en los casos establecidos por la ley.

Si no existen hijos o hijas, la herencia pasa al cónyuge o conviviente civil y a los ascendientes de grado más próximo, como padres, madres, abuelos o abuelas. Si no existen ascendientes, la totalidad corresponde al cónyuge o conviviente civil sobreviviente. Si este no existe, heredan los ascendientes.

Cuando no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge o conviviente civil, pueden heredar los hermanos y hermanas. En determinadas circunstancias, sus descendientes, como sobrinos y sobrinas, también pueden hacerlo mediante representación.

Si tampoco existen familiares de los grupos anteriores, la herencia puede pasar a otros parientes colaterales hasta el sexto grado. Finalmente, cuando no hay personas que puedan heredar según estos órdenes, los bienes corresponden al Fisco.

¿Cómo se realiza la posesión efectiva?

Para comenzar el trámite en línea, se debe ingresar al sitio del Registro Civil con Clave Única, seleccionar la opción para realizar una nueva solicitud y completar los antecedentes requeridos.

Entre la información solicitada se encuentra la identificación de los herederos y herederas y el inventario de los bienes, derechos y obligaciones que dejó la persona fallecida. El Registro Civil contempla precisamente este inventario para determinar la masa hereditaria.

Una vez ingresados los antecedentes, la solicitud debe ser enviada. También existe la alternativa presencial, para la cual se debe acudir a una oficina habilitada con la cédula de identidad y completar el formulario correspondiente.

¿Cuánto cuesta el trámite?

El valor de la posesión efectiva depende del monto total de los bienes incorporados al inventario. De acuerdo con la información entregada para el trámite, existen tres tramos:

  • Hasta 15 UTA: el trámite es gratuito.
  • Más de 15 UTA y hasta 45 UTA: tiene un costo de 1,6 UTM ($114.000 aprox).
  • Más de 45 UTA: el costo es de 2,5 UTM ($179.000 aprox).

En los dos últimos casos, el pago puede realizarse en línea al finalizar la solicitud.

Documentos que podrían solicitar

En algunos casos puede ser necesario presentar antecedentes adicionales para probar la condición de heredero o entregar información relacionada con los bienes incluidos en la herencia.

Entre ellos pueden encontrarse documentos que acrediten nacimientos o matrimonios que no estén inscritos en Chile, partidas de bautismo y otros documentos antiguos relacionados con nacimientos, matrimonios o defunciones.

También podría solicitarse un mandato o poder notarial cuando el trámite sea realizado por un representante, una escritura pública de cesión de derechos hereditarios si alguno de los herederos cedió sus derechos, o documentos que acrediten las deudas de la persona fallecida, como facturas, boletas o letras de cambio.

Leer más de