Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez: ¿En cuántas cuotas se pagará el beneficio?

El Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez es un beneficio estatal que busca entregar $30.000 por cada menor para enfrentar el alza en el costo de la vida.

Se trata de una de las medidas centrales anunciadas por el Presidente José Antonio Kast durante su última Cuenta Pública, en el marco del Plan Chile Sale Adelante. 

Más allá del monto, uno de los puntos que generó dudas entre las familias es el referente a la cantidad de coutas en que se entregará el beneficio. Para este aspecto, el proyecto dispuso reglas claras.

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¿Cómo se entregará el beneficio?

De aprobarse el proyecto, el bono se pagará en una única cuota, deposito que será realizado por las instituciones que ya pagan los subsidios familiares vigentes.

Este aporte no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal, por lo tanto, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.

El proyecto también contempla plazos y resguardos para quienes cumplan los requisitos: las familias tendrán un plazo máximo de nueve meses para cobrar el dinero desde la fecha de emisión del pago. Además, quien cumpla con los requisitos pero no recibe el dinero, tendrá derecho a realizar un reclamo formal.

¿Quiénes podrían acceder al beneficio?

Para que un niño o niña genere el derecho al pago, debe cumplir dos condiciones:

  • Tener entre 0 y 13 años inclusive al 1 de junio de 2026.
  • Pertenecer al 80% de los hogares más vulnerables del país, verificación que se realiza directamente a través del Registro Social de Hogares (RSH).

El bono será entregado de forma automática según los registros del Estado, y no será necesario realizar un nuevo proceso de postulación. Eso sí, hay que tener presente que la iniciativa está sujeta a su aprobación en el Congreso, por lo que todavía no es un beneficio garantizado. 

El orden de prioridad que decide quién cobra el bono

El proyecto define un orden de preferencia para determinar qué adulto recibe el depósito, y el pago prioriza a las personas que ya cobran otros beneficios estatales por el niño o niña. 

El orden de prioridad para recibir el beneficio es el siguiente:

  • Quien reciba actualmente el Subsidio Familiar (SUF).
  • Quien perciba la Asignación Familiar o Asignación Maternal.
  • Quien sea beneficiario del subsidio para personas con discapacidad mental o física (artículo 35 de la ley N° 20.255).
  • Quien reciba las transferencias monetarias del subsistema Seguridades y Oportunidades.
  • El jefe o jefa de hogar registrado en el sistema, en caso de que el menor no se encuentre en las situaciones anteriores.

En otras palabras, el Estado no le pregunta a la familia quién debe recibir el dinero, sino que revisa automáticamente si el niño o niña ya está asociado a alguno de esos beneficios y paga a esa persona según ese orden de prelación. Solo si no calza en ninguna de esas categorías, el pago cae en el jefe o jefa de hogar registrado.

Además, cada niño o niña generará un solo bono. El dinero no se duplicará si existen dos cuidadores que puedan solicitarlo, y una familia con dos hijos dentro del rango de edad establecido podría recibir un aporte de $60.000, mientras que una con tres hijos accedería a $90.000, siempre que se cumplan los requisitos.