Hora de colación: ¿Cuál es el máximo de tiempo que puede usar un trabajador?

Existen dudas respecto al tiempo destinado a la colación durante la jornada laboral: ¿puede ser de una hora, 45 minutos o más? Ante estas interrogantes, la legislación establece ciertos límites y condiciones que regulan este descanso obligatorio dentro de la jornada.

De acuerdo con el artículo 34 del Código del Trabajo, la jornada laboral debe dividirse en dos partes, dejando entre ambas un período destinado a la colación de al menos 30 minutos. Este tiempo de descanso no se considera trabajado para efectos del cálculo de la jornada diaria.

¿Cuánto puede durar?

La normativa establece un tiempo mínimo de media hora, por lo que empleador y trabajador pueden acordar un período superior. Sin embargo, este no puede extenderse más allá del tiempo necesario para que la persona pueda consumir su colación.

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La Dirección del Trabajo ha señalado que, en caso de existir dudas sobre la extensión del descanso, la situación debe ser evaluada por el respectivo inspector del trabajo. Además, define la colación como un alimento moderado destinado a recuperar las fuerzas utilizadas durante la primera parte de la jornada laboral.

Existe una excepción para trabajadores de restaurantes que atienden directamente al público, ya que el artículo 34 bis del Código del Trabajo permite pactar interrupciones de la jornada de hasta cuatro horas, período que tampoco se considera parte del tiempo trabajado.

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