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Multitienda desvinculó a gerente, la justicia lo consideró despido improcedente y le tuvieron que pagar 22 millones más

¿Qué pasó?

La Corte Suprema falló el favor a un trabajador de una multitienda, el que demandó a quien fuera su empleador por despido improcedente y cobro de prestaciones de trabajador. El fallo en primera instancia ya había sido conveniente para la parte demandante. 

"El despido de que fui objeto es injustificado por haberse aplicado una causal improcedente, condenándose a la demandada al pago de las indemnizaciones pagadas", dijo ante la justicia.

A su vez pidió que "por haber sido injustificado el despido, se pague el descuento de la empresa a título de aporte al seguro de cesantía y que las sumas adeudadas deberán pagarse con reajustes e intereses", además de solicitar que el juicio se pague con costas.

En contraparte, la multitienda en cuestión se defendió argumentando que el despido con todas las formalidades legales, considerando que la causal de desahucio invocada "no requiere que sea fundada".

El Juzgado de Letras de La Serena acogió la demanda del trabajador, declarando improcedente el despido, condenando a la firma al incremento del 30% de indemnización por años de servicio y a devolver el descuento por seguro de cesantía.

Corte Suprema también falló a favor del demandante

La causa judicial fue elevada a la Corte Suprema, instancia que también propinó un revés a la empresa, teniendo una apreciación similar a la del Juzgado de Letras de La Serena.

El máximo tribunal descartó error jurisprudencial en la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena que confirmó la de primer grado que ordenó a la empresa pagar la suma de $10.015.247 por incremento del 30% de la indemnización por años de servicios y a la devolución de $12.191.960, monto descontado del aporte patronal al seguro de cesantía del trabajador.

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