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Sernac aprueba dictamen por empresas que venden por internet y cuentan con tiendas físicas: ¿Qué dice sobre las entregas?

¿Qué pasó?

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) aprobó este viernes un dictamen administrativo que señala que las empresas no deben cobrar un monto extra a los consumidores que opten por la modalidad de “retiro en tienda”. La medida responde a una práctica extendida por parte de algunas empresas.

De este modo, el organismo hace un llamado a las empresas que venden por internet y que cuentan con tiendas físicas a ofrecer un mecanismo de entrega gratuita de sus productos a los consumidores.

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“El consumidor debe pagar el precio previamente informado”

“Al realizar la compra de un bien o la contratación de un servicio, ya sea de forma remota o presencial, el consumidor debe pagar el precio previamente informado, no pudiendo las empresas aplicar un cobro extra cuando no existe una contraprestación adicional”, explicó también el Sernac en un comunicado.

El organismo aclaró que las empresas solo podrán aplicar cargos adicionales si estos son informados de forma clara antes de la compra y son complementarios a las obligaciones principales. Además, pueden ser aceptados o rechazados libremente por el consumidor.

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Así, un cliente puede pagar por el despacho a domicilio, pero también debe tener la opción de retirar gratuitamente su compra en una tienda física sin costos asociados.

“Serán abusivas las cláusulas donde las empresas impongan el pago de un monto adicional de forma atada al producto o servicio principal, sin que el consumidor pueda aceptarlo o rechazarlo voluntariamente y de forma separada”, concluyó el organismo.

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