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Pareja fue destinada a trabajar en Santiago, pero se negó por salud de su hijo: Justicia falló a su favor

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt falló a favor de una pareja que presentó un recurso de protección en contra del Comando de Personal de la Fuerza Aérea de Chile (FACh), entidad en la que se desempeñan como operador de equipos motorizados y enfermera de combate, respectivamente.

Él lleva 21 años de servicio en la institución; mientras que ella, 12. Todo este período, ambos lo han cumplido en la ciudad capital de la región de Los Lagos, pero durante el segundo semestre de 2023 se les informó que serían trasladados a Santiago, en la Región Metropolitana.

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Ese fue el primer antecedente del caso zanjado por la Corte, que ordenó que la pareja no puede salir de Puerto Montt, a raíz del delicado estado de salud en que está su pequeño hijo.

Los detalles del traslado

En septiembre de 2023, los involucrados fueron notificados de su traslado a Santiago, el que se concretaría el 1 de marzo del presente año. Ambos presentaron sus razones para no ser destinados, pero recibieron una respuesta negativa a fines de noviembre, sin especificarse más detalles por parte de la FACh.

 

Imagen referencial (Aton)

 

Fue así que presentaron el recurso de protección en contra de la medida, el que "no cuestiona la facultad legal que tiene la FACh para definir el plan de destinaciones (...) pero la forma en que ello se ha realizado (...) provoca que el ejercicio de las facultades legales se transforme en infundado y arbitrario", señaló el abogado de la pareja.

Hijo de la pareja nació prematuramente

Para evitar el traslado, el argumento más importante que presentaron los uniformados —ligados desde 2019 por un acuerdo de unión civil— tiene que ver con la salud de su hijo, de tres años de edad.

El menor nació con 31 semanas de gestación, en condición de prematura, presentando membrana hialina (básicamente, consiste en dificultades respiratorias), requiriendo ventilación mecánica y oxigenoterapia para apoyo de vida, según consigna el mencionado recurso obtenido por Meganoticias.cl.

"Dado el trabajo de sus padres, el menor debe permanecer en reposo médico en su hogar, al cuidado de familiares y/o de personas contratadas especialmente a tales efectos", señaló el abogado de la pareja.

 

Imagen referencial (Freepik)

 

Otra razón para no ser destinados a la Metropolitana es que el niño es parte del Programa Prematuros del Hospital Base de Puerto Montt, cuyas atenciones médicas no tienen costo económico para la pareja.

De hecho, de haber sido trasladados a Santiago, aquellas atenciones sí serían pagadas, ya que "el Hospital de la Fuerza Aérea de Chile no cuenta con dicho programa; es decir, no lo desarrolla ni realiza, debiendo ser derivados al Hospital de Carabineros, lo cual requiere un nuevo inicio de todo el procedimiento y tratamiento".

El traslado que evitó la Corte de Puerto Montt

El organismo de segunda instancia judicial reconoció que el Comando de Personal de la FACh actuó en el marco de sus atribuciones al destinar a la pareja a la zona centro de Chile, pero precisó que en este caso prevalecen los principios de resguardo y protección a la familia.

"El traslado de ambos padres a Santiago desde Puerto Montt y, con ello, el cambio radical en aspectos que normalmente producen un agudo impacto en un grupo familiar promedio (desapego de las redes de apoyo, los cuidados del niño, etcétera) constituyen una amenaza a la integridad física y psíquica de los recurrentes", manifestó la Corte.

De esta manera, el fallo se tradujo en que la familia permanecerá en Puerto Montt y que tanto el padre como la madre seguirán desempeñando las mismas funciones que efectuaban en la ciudad sureña.