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Ministro de Justicia por fallo contra las isapres: "Es general para los afiliados"

¿Qué pasó?

El ministro de Justicia, Luis Cordero, tuvo palabras tras el rechazo de la Corte Suprema a los recursos de aclaración respecto al fallo que obliga a las isapres a devolver los cobros en exceso.

Esto, luego que la Tercera Sala de la Corte Suprema revisara este viernes los recursos de aclaración presentados por el Gobierno, cuatro isapres y un usuario, después de que la ministra Vivanco pusiera un manto de duda sobre si el fallo por la devolución de excedentes es de carácter general o solo para quienes demandaron.

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"No hay nada que aclarar", señaló esta tarde el secretario del máximo tribunal de la República, Jorge Sáez, agregando que se ha resuelto "todos los escritos de aclaración que han sido presentados en los respectivos procesos y los ha rechazado", precisó.

"En consecuencia, se mantienen los fallos en los términos en que fueron pronunciados para los casos en que se dictaron. Esos fallos van a quedar a disposición de los medios y de la opinión pública, por supuesto, en los próximos minutos", agregó.

¿Qué dijo el ministro Cordero?

Al respecto, el ministro Cordero indicó que la Corte al rechazar las solicitudes de aclaración "ha sido explicita sobre la interpretación original de esta sentencia, más allá de las discrepancias que algunos puedan manifestar sobre ella".

En este sentido, subrayó que "la Corte cuando recibió amparo de derechos en estos casos amparó a la persona recurrida y a los afiliados a la isapre donde se aplica esa tabla de factores, por eso el alcance es general respecto de la isapre respectiva".

En esta línea, abordó el proyecto ingresado por el Gobierno en relación al fallo del máximo tribunal y sostuvo que "el proyecto de ley se hace indispensable (…) para efecto de dar adecuado cumplimiento a la sentencia garantizando, principalmente, que se cumpla el fallo y que se dé adecuada protección a los afiliados y al sistema de salud".

De esta forma, el secretario de Estado recalcó que la resolución del fallo "es general para los afiliados de la isapre que es objeto del recurso de protección" y recalcó que "no es universal para el sistema".

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