Corte de Arica ordenó eliminar publicación de Facebook que se burlaban de orientación sexual de la víctima
¿Qué pasó?
Durante la jornada de ayer jueves, la Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección presentado por una víctima de comentarios "burlescos y ofensivos" sobre su orientación sexual hechos en redes sociales, ordenando a la usuaria que emitió dichos comentarios a través de Facebook a eliminar las publicaciones.
La orden de eliminar las publicaciones
Tras un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió el recurso de protección y estableció que la mujer acusada de realizar dichas publicaciones atentó contra los derechos fundamentales a la honra y a la vida privada de la víctima, al hacer una clara alusión a su orientación sexual, en términos ofensivos.
El fallo obtenido en la instancia judicial específica que se: "Establece que corresponde entender por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile".

"No hay controversia entre las partes sobre el hecho de haberse efectuado las publicaciones por la recurrida (...). Dichas publicaciones, de su mera lectura, y aun de la manera en que se encuentran redactadas, hacen clara alusión a la orientación sexual de la recurrente, en términos ofensivos", agrega dicha resolución.
En este sentido, se añade que es un error de "la recurrida al estimar que puede publicar cualquier clase de contenido en sus perfiles, desde que ventila en un medio masivo y reproducible por muchas personas, como es una red social, antecedentes que son parte del derecho a la honra y vida privada de la recurrente".
Por lo tanto, el fallo sentencia que se resolvió acoger el "recurso de protección (…) solo en cuanto se dispone que la recurrida (…) deberá adoptar todas las medidas conducentes para eliminar las publicaciones que motivaron este recurso, desde la red social Facebook o de cualquier otra en que lo hubiere hecho".