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Cucharas, vasos y bombillas: los artículos que desaparecerán con ley que prohíbe plásticos de un solo uso

  • Por Meganoticias

La prohibición de artículos plásticos de un solo uso está próximo a convertirse en ley una vez que aparezca publicada en el Diario Oficial, por lo que locales de comida, como restaurantes, panaderías o cafeterías, deberán adaptarse a la nueva normativa. 

Entre otras restricciones se establece que, si el consumo se realiza dentro del establecimiento, se prohíbe la entrega de productos de un solo uso cualquiera sea el material de que estén compuestos. 

Comenzará a regir en 2022

La ministra de Medio Ambiente, Carolina Schmidt, señaló que "en un primer momento, que comenzará a los seis meses de la publicación de esta ley en el Diario Oficial se prohibirá un conjunto de productos plásticos: bombillas, cubiertos, palillos y revolvedores, además de cualquiera de los plásticos de un solo uso que sean de plumavit", consignó LUN.

"La ley será publicada en los próximos días, por lo que esta prohibición comenzará a inicios de 2022", añadió.

Artículos prohibidos 

Esta ley regula los siguientes elementos: 

  • Vasos
  • Tazas
  • Tazones
  • Tenedor
  • Cuchara
  • Cuchillo
  • Palillos de comida china
  • Pocillos
  • Mezcladores
  • Bombillas
  • Platos
  • Cajas
  • Copas
  • Envases de comida preparada
  • Bandejas
  • Sachets (mostaza, mayonesa, ketchup)
  • Individuales
  • Tapas que no sean de botellas

La ley regula también la entrega de estos elementos en: 

  • Restaurantes
  • Casinos
  • Clubes sociales
  • Cocinerías
  • Fuentes de soda
  • Cafeterías
  • Salones de té
  • Panaderías
  • Bares
  • Otros donde se comercialice comida preparada

Multas

Por otra parte, la nueva normativa obligará a los supermercados, tiendas de conveniencia y almacenes a ofrecer siempre opciones de bebidas retornables y están obligados a recibir el envase del consumidor.

También se exigirá que las botellas desechables incluyan porcentajes de plásticos recolectados y reciclados dentro de Chile.

La ley comenzará a regir seis meses después de ser publicada en el Diario Oficial y su incumplimiento generará multas entre 1 UTM y 5 UTM por cada producto entregado.

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