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Tercer retiro: Piñera promulgará proyecto este mismo martes tras rechazo en el TC

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este martes el Gobierno afirmó que promulgará el proyecto de tercer retiro del 10% de las AFP que fue despachado a ley por el Congreso, luego de que este martes el Tribunal Constitucional (TC) decidiera no acoger a trámite el requerimiento presentado por el Ejecutivo sobre esta iniciativa.

El Presidente Sebastián Piñera aseguró que: "Respetamos y aceptamos la decisión del Tribunal Constitucional, sin perjuicio de no compartirla".

Promulgación del proyecto

El Mandatario anunció que: "Promulgaremos hoy la reforma aprobada por el Congreso para permitir el retiro del 10% de los ahorros previsionales, y haremos todos nuestros esfuerzos para que estos recursos lleguen a las personas y a las familias chilenas a partir de la próxima semana".

"En consecuencia, retiraremos hoy nuestro proyecto que permite un retiro del 10% de los fondos previsionales", afirmó. 

Nuevo proyecto

Además, informó que: "Sin perjuicio de lo anterior en los próximos días presentaremos un proyecto de ley con las siguientes mejorías: Primero, permitir el retiro de un bono de $200 mil a aquellas personas que no tienen saldo en sus cuentas de ahorro previsionales, y por lo tanto no tienen nada que retirar con la reforma aprobada por el Congreso".

"Segundo, crear un mecanismo para recuperar los ahorros previsionales retirados y así poder incrementar estos ahorros y mejorar las pensiones futuras", detalló.

"Tercero, liberar de todo impuesto los retiros que afecten al 90% de los cotizantes y aplicar las normas tributarias actuales solamente a las personas que pertenecen al 10% de mayores ingresos", agregó.

El proyecto que será ley

La iniciativa establece que será de carácter universal, es decir, que toda persona que esté afiliada al sistema privado de pensiones pueda realizar el retiro.

De acuerdo al texto, no podrán acceder al beneficio quienes se encuentren en el artículo 38 bis de la Constitución, el cual contempla al Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales, ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales, exceptuando a los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas.

Además, contempla en la norma a los pensionados por rentas vitalicias, quienes podrán adelantar el pago de ellas.

¿Cuánto dinero se podrá retirar?

El monto máximo de la extracción es de 150 UF ($4,4 millones aproximadamente) y el mínimo de 35 UF ($1 millón aproximadamente).

En el caso de que el 10% del total acumulado en las cuenta previsional sea inferior a 35 UF, se podrá retirar hasta dicho monto. Si el total de fondos ahorrados es inferior a 35 UF, se podrá sacar todo el dinero de la cuenta.

Los plazos

Los afiliados podrán solicitar el dinero hasta 365 días después de publicada la reforma constitucional, con independencia de la vigencia del estado de excepción constitucional.

El pago de los fondos solicitados se efectuará en un plazo de 15 días hábiles en el caso de las AFP, y 30 días corridos, en el caso de las rentas vitalicias.

Impuestos y pensión de alimentos 

Los integrantes de la comisión de Constitución del Senado acordaron que la norma no contemple el cobro de impuestos.

Sin embargo, es importante recordar que el proyecto señala que el dinero extraído puede ser retenido cuando existen deudas por pensión de alimentos.

Aumento de cotización

El texto también establece que quienes realizaron la extracción puedan aumentar un punto porcentual su cotización obligatoria, de forma voluntaria, llegando a un 11% de sus remuneraciones y rentas imponibles, por un periodo mínimo de un año.

Además, establece que estas personas podrán recibir un aporte fiscal a su cuenta individual por cada año en que se postergue la pensión. Lo anterior, siempre y cuando el Presidente de la República ingrese un proyecto de ley para ello.

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