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Permiso de vacaciones: Menores de edad con padres separados podrán solicitar dos autorizaciones

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El nuevo Permiso Especial de Vacaciones contempla que los menores de 18 años con padres separados puedan viajar tanto con la madre como con el padre de manera separada.

La autorización para realizar viajes interregionales por motivo de vacaciones estará disponible en el sitio oficial de la Comisaría Virtual desde este lunes 4 de enero para todas las personas que residan en zonas que se encuentren en Fase 2 o Transición en adelante, según dispone el plan Paso a Paso.

Menores con padres separados

Los menores que viajen con sus padres deben hacerlo en calidad de acompañantes de un titular adulto, siempre autorizados por quien tenga el cuidado personal de ellos.

Si bien el nuevo permiso estará disponible desde este lunes, la funcionalidad para incorporar acompañantes menores de edad se encontrará habilitada desde el miércoles 6 de enero. Hasta esa fecha, las personas entre 14 y 18 años podrán seguir obteniendo sus permisos como titulares e ir como acompañantes del grupo familiar, pero sin quedar bloqueados en el sistema para conseguir un segundo permiso.

Para solicitar la autorización, el titular deberá incorporar sus datos personales y de todos sus acompañantes menores de 18. En tanto, los mayores de edad siempre deben sacar el permiso como titulares.

¿Cómo pedir el Permiso Especial de Vacaciones?

Las personas podrán solicitar este permiso por una sola vez desde el próximo lunes ingresando a Comisaría Virtual, donde deberán especificar, entre otros datos, la fecha exacta de salida y retorno y el lugar de destino.

Para realizar el viaje junto a este documento se debe adjuntar el Pasaporte Sanitario adquirible en el sitio https://www.c19.cl/, siendo una obligación portar ambas autorizaciones.

¿Dónde puedo ir y quiénes piden este documento?

  • Las personas podrán solicitar este documento, por una sola vez, desde sectores o localidades que se encuentren en Transición (Paso 2), hacia sectores o localidades que se encuentren en Transición, Preparación, Paso Apertura Inicial o Paso Apertura Avanzada (Pasos 2, 3, 4 y 5) o viceversa.
  • El desplazamiento del lugar de origen al de destino deberá realizarse en un periodo máximo de 48 horas desde la hora de salida establecida en el permiso emitido.
  • La solicitud estará a cargo de una persona que asumirá como titular de la misma, debiendo incorporar sus datos personales y los de todos sus acompañantes menores de 18 años.
  • En cuanto a los mayores de 18 años, se deberá solicitar el documento de manera independiente.
  • Este permiso tiene la facultad que permite el traspaso de Cordones Sanitarios.

Restricciones

  • Este permiso no se otorgará para el traslado interregional desde o hacia sectores o localidades que se encuentren en Cuarentena (Paso 1).
  • Se autoriza al solicitante trasladarse exclusivamente al destino indicado por él en la fecha señalada.
  • En ningún caso podrá obtener este permiso una persona que se encuentre en los registros de Covid-19 activos que mantiene la autoridad sanitaria y todas aquellas personas sujetas a medidas de aislamiento obligatorio en virtud de la Resolución Exenta N° 591 de 2020 y sus modificaciones posteriores.
  • Durante el desplazamiento, de ida o vuelta, las personas no podrán descender del medio de transporte en que se realiza el traslado hasta llegar a su destino, con excepción de las estaciones de servicio, lugares de expendio de alimentos o para pernoctar.
  • No se autoriza el desplazamiento en horarios de Toque de Queda.

¿Cómo funciona el Permiso para el retorno?

  • Para el traslado de vuelta al lugar de origen, concluidas las vacaciones, el usuario deberá ingresar con su clave única o clave de usuario de Comisaría Virtual y solicitar la emisión de un permiso para dicho desplazamiento.
  • La autorización será otorgada teniendo como lugar de salida, el lugar de vacaciones señalado y como destino, el domicilio que el solicitante haya ingresado previamente.
  • Para dicho permiso de vuelta, aplicarán las reglas establecidas que están vigentes en el Instructivo de Desplazamiento que estará disponible en el sitio www.gob.cl/coronavirus.
  • Se debe tener en cuenta que este documento, no afecta la validez ni condiciona el derecho a solicitar otros establecidos en Comisaría Virtual.
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