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Bono por hijo: ¿Cuál es el monto que se entrega en 2024?

Según la cantidad de hijos que tengan, las madres podrán recibir un monto de dinero gracias al Bono por Hijo.

Cabe destacar que esta ayuda es única y exclusivamente para madres que tengan hijos, sean estos biológicos o adoptados.

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Además, hay que tener en cuenta que este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino que se otorga a su madre al momento en que esta recibe su pensión, por lo que puede ser cobrado en dicha instancia.

 

Imagen referencial / Aton

 

¿Cuál es el monto que se entrega en 2024?

Al igual que el pasado 2023, el monto de este aporte empieza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años). En este sentido, se calcula de la siguiente forma:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

Por otra parte, según indica el Instituto de Previsión Social (IPS), en el caso de hijos adoptados "el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva".

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¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono por hijo?

Las personas que pueden optar a este bono son quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años de edad o más.
  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
  • Haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.

Del mismo modo, este puede ser solicitado por:

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) -que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)-, a contar del 1 de julio de 2009.
  • Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

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