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Subsidio Familiar: ¿Cómo se puede renovar?

El Subsidio Único Familiar (SUF), también conocido como Subsidio Familiar, es uno de los beneficios económicos mensuales que entrega el Estado.

El aporte está destinado a quienes estén dentro del 60% más vulnerable de la población, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH), y no puedan proveer por sí solos, o en unión del grupo familiar, a sus cargas familiares.

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El Subsidio Familiar tiene una duración de tres años y está la posibilidad de renovarlo por un periodo de igual duración, siempre que se cumpla con los requisitos.

¿Quiénes pueden renovar el Subsidio Familiar?

Las personas que pueden renovar el Subsidio Familiar son las madres, padres, guardadores o personas naturales a cargo del causante, es decir, a cargo de:

  • Personas menores (de hasta 18 años) que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
  • Personas que tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Personas en situación de discapacidad de cualquier edad.
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¿Cómo se renueva el Subsidio Familiar?

El Subsidio Familiar se puede renovar directamente en la municipalidad correspondiente al domicilio de la persona, donde se debe acudir con los documentos requeridos, tales como:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
  • Acreditar la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), correspondiente al domicilio del causante.
  • Si la mujer está embarazada, deberá certificar que se encuentra en el quinto mes de embarazo mediante documento extendido por un médico o matrona.
  • En caso de ser guardador o cuidador de un menor de edad, se deberá acreditar.

Una vez entregado los papeles, se habrá solicitado el subsidio. La respuesta a la postulación se podrá obtener en el mismo municipio donde se efectuó el trámite.

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