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Bono por Deber Asistencia Escolar: ¿Quiénes pueden cobrar el beneficio?

El Gobierno de Chile cuenta con una serie de beneficios destinados exclusivamente a sectores específicos de la población, y uno de ellos son los estudiantes. Son diferentes bonos y servicios establecidos para facilitar o incentivar los estudios de los alumnos, independiente de su grado académico. 

Es el caso del Bono por Deber Asistencia Escolar, este es un beneficio económico para los alumnos y alumnas que busca reconocer sus logros, específicamente su asistencia a clases. 

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¿Cuál es el monto que entrega?

El Bono por Deber Asistencia Escolar entrega $11.000 mensuales por cada niño o niña de una familia que cumpla con los requisitos establecidos previamente. 

Este no es un aporte para el que se deba postular, sino que su acreditación la realiza directamente el Ministerio de Educación, sin necesidad de que las personas realicen un trámite. 

El pago se ejecuta junto a otros beneficios y se puede hacer de manera digital, con transferencia bancaria, o presencial, pero este último tiene una fecha de caducidad de 6 meses, si es que no es cobrado el monto.

¿Quiénes lo pueden cobrar?

El Bono por Deber Asistencia Escolar es entregado a todos los niños de las familias que cumplan con los siguientes requisitos:

  • La familia debe participar del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
  • Los niños deben tener entre 6 y 18 años de edad  al 31 de marzo del año respectivo.
  • Los niños deben estar inscritos en una institución educacional reconocida por el Estado y cumplir con una asistencia mensual igual o superior al 85%.

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