Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Garantía estatal del 10% para compra de vivienda: ¿Cuáles son los requisitos para solicitarla?

Durante febrero debiera ser promulgada la ley que establece la creación del Fondo de Garantías Estatales, lo que significaría su pronta publicación en el Diario Oficial y su entrada en vigencia para beneficiar a miles de familias de nuestro país.

Esta iniciativa contempla el denominado Programa de Garantías de Apoyo a la Vivienda, el que consiste en que el Estado financiará el 10% del valor total de una vivienda; mientras que un crédito hipotecario de un banco u otra entidad cubrirá el 90% restante, o bien, el 80% si es que la persona ya tiene reunido un 10% del precio del inmueble —de modo que pueda reunir el pie del 20% que tradicionalmente se exige.

Es muy importante considerar que el programa no corresponde a la entrega en efectivo de ese 10%, sino que el Estado funciona como un aval para conseguir el préstamo.

Todo sobre Vivienda

¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?

Para acceder al Programa de Garantías de Apoyo a la Vivienda hay que cumplir con tres requisitos:

  • El crédito hipotecario que se solicite debe ser para financiar la compra de una primera vivienda. Si la persona ya es propietaria de un inmueble, no podrá acogerse a este programa.
  • El valor de la vivienda no puede superar las 4.500 UF ($159 millones, según el último valor informado por el Servicio de Impuestos Internos en su sitio web).
  • No haber recibido ningún subsidio o beneficio habitacional del Estado para el financiamiento de la vivienda. Por lo tanto, no se debe ser beneficiario del Subsidio DS1 o del Subsidio DS49, por ejemplo.

¿Desde cuándo y cómo solicitar la garantía estatal?

Considerando que la promulgación y posterior publicación de la ley en el Diario Oficial fuera en febrero, se estima que el Programa de Garantías de Apoyo a la Vivienda estaría disponible a partir de marzo de 2022, lo que será corroborado oportunamente por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

En cuanto al método de solicitud, una vez que entre en vigencia, las personas que reúnan las condiciones tendrán que ir a los bancos o entidades financieras para solicitar un crédito hipotecario: "No necesariamente deben tomar el crédito del Banco Estado. La idea también es estimular la competencia entre los bancos para rebajar las tasas", indicó el ministro Carlos Montes.

"El postulante tiene que dejar sus antecedentes financieros a la entidad prestadora, la que le comunicará al administrador de este fondo que la persona está interesada en acceder a la garantía. Si cumple las condiciones, se le avisa a la entidad que puede acceder a la garantía, otorgándole el crédito", el que financiará el 90% o el 80% del valor de la propiedad, concluyó el secretario de Estado.