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Ingreso Mínimo Garantizado: ¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) es un subsidio del Estado que beneficia a los trabajadores y trabajadoras con un aumento monetario en sus sueldos, de modo que se pueda garantizar un sueldo líquido de $340.817 mensuales

Este aporte está dirigido a las personas que trabajen de manera dependiente y tengan una jornada ordinaria de trabajo, es decir, mayor a 30 horas semanales y de hasta 45 horas a la semana.

Durante la última semana de julio iniciaron los pagos para aquellos que postularon al IMG en junio y en los meses anteriores, siempre que estuvieran cumpliendo las condiciones para ser beneficiarios.  

Todo sobre Ingreso Mínimo Garantizado

¿Quiénes pueden acceder al Ingreso Mínimo Garantizado?

El Ingreso Mínimo Garantizado lo pueden recibir todas y todos los trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Sean trabajadores dependientes.
  • Tengan un contrato suscrito al Código del Trabajo.
  • Tengan un sueldo bruto menor a $452.477 pesos.
  • El contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir, superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Estén dentro del tramo del 90% de vulnerabilidad social, según el Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cómo postular al Ingreso Mínimo Garantizado?

La postulación la puede realizar tanto el trabajador, como el empleador, en el sitio web www.ingresominimo.cl.

En caso de que el trabajador sea quien postule, debe ingresar al sitio y rellenar el recuadro de "Postula" con su RUT, fecha de nacimiento y número de documento de su cédula de identidad. El trámite también se puede efectuar con Clave Única.

Luego, el postulante debe rellenar un formulario con los siguientes datos:

  • Datos personales.
  • Indicar las horas de trabajo semanales, según el contrato de jornada ordinaria (jornada completa).
  • Señalar si en el mes pasado o en el actual hubo un cambio de cantidad de horas laborales en el contrato.
  • Indicar la forma de pago del subsidio (Cuenta RUT u otra cuenta bancaria).

Por otro lado, en caso de que el empleador sea quien postule a su respectivo trabajador, debe hacer el trámite en el link www.ingresominimo.cl/empresa. 

Las personas que postulen durante los últimos días de julio recibirán el pago del IMG entre los últimos cinco días hábiles del mes de agosto, en base a la remuneración que registraron en abril. En cambio, los que postulen en agosto tendrán el pago a partir de los últimos cinco días hábiles de septiembre, en base a la remuneración de mayo.

Sobre lo anterior, cabe recordar que "la verificación de los requisitos y el cálculo del subsidio se realizará según la información del tercer mes previo al mes en que se concede y se paga el beneficio".

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