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Asignación Maternal: ¿Qué trabajadoras son beneficiarias y cuánto dinero reciben?

  • Por Matías González Olguín

Entre los múltiples beneficios que dispone el Estado para las y los trabajadores está la Asignación Maternal, cuyos aportes están destinados especialmente a las empleadas que estén embarazadas, aunque también lo pueden obtener los hombres con cónyuges que estén en periodo de gestación.

Es una importante ayuda monetaria para la economía del hogar, más cuando se está a la espera de un nuevo integrante de la familia en el actual escenario de crisis inflacionaria. 

De hecho, el ser beneficiario de la Asignación Maternal implica recibir los pagos del aporte compensatorio conocido popularmente como Subsidio Canasta Básica Protegida, cuyos montos se otorgarán a partir del jueves 30 de junio.

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¿Qué trabajadoras son beneficiarias de la Asignación Maternal?

El Instituto de Previsión Social (IPS) es el organismo encargado de efectuar los pagos a todas y todos los trabajadores que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el Subsidio Maternal o Familiar).
  • Los trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza, respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar.

¿Qué documentos necesito para optar al beneficio?

De cumplir con alguna de estas condiciones, existen dos métodos para optar a la asignación, lo cual depende de la situación del o de la solicitante. Por ejemplo:

Si la solicitante es trabajadora, debe presentar:

  • Cédula de identidad vigente nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.
  • Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.

Como la Asignación Maternal se solicita al quinto mes de embarazo, también se debe presentar un certificado médico que acredite ese periodo de gestación. El documento debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que esté visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Si la solicitante es carga del trabajador, debe presentar:

  • Autorización de carga familiar del trabajador.
  • Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo, bajo las mismas condiciones mencionadas anteriormente.

¿Cuáles son los montos que puedo recibir?

Si bien se solicita exclusivamente desde el quinto mes de embarazo, es importante considerar que los montos son retroactivos, así que compensan los nueve meses de gestación. 

En detalle, dependiendo de su ingreso mensual, la beneficiaria recibe los siguientes montos:

  • Ingreso mensual de hasta $366.987: $14.366 ($129.294 en total, al término de los 9 meses)
  • Ingreso mensual de entre $366.988 y $536.023: $8.815 ($79.335 en total, al término de los 9 meses)
  • Ingreso mensual de entre $536.024 y $836.014: $2.786 ($25.074 en total, al término de los 9 meses)
  • Ingreso mensual a partir de $836.015: no recibe montos.

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