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Nuevo proyecto de extracción de 100% de AFP: ¿Cuáles serían los requisitos para retirar el dinero?

  • Por Meganoticias

El cuarto retiro del 10% de AFP continúa discutiéndose en el Congreso y, sin embargo, ya ha surgido una nueva propuesta que contempla el retiro del 100% de los fondos.

Se trata de una iniciativa presentada por los parlamentarios de la UDI, José Miguel Durana e Iván Moreira, como una alternativa distinta a la cuarta extracción, de la que ellos han manifestado no estar a favor.

Este proyecto es el segundo presentado por dicho partido que busca el retiro completo de los ahorros.

¿Cuál sería el monto máximo que se podría retirar?

De concretarse la iniciativa, para retirar el dinero se debe proceder de la siguiente manera: la AFP informará a su afiliado el monto que tiene ahorrado en su cuenta individual, proceso que debe ocurrir en un plazo máximo de 3 días hábiles desde que el cotizante realizó la solicitud.

Posteriormente, las AFP traspasarán los recursos consignados a la cuenta bancaria del afiliado, cuyo monto máximo a retirar es de hasta $2 millones.

El depósito del dinero debería efectuarse en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que se hizo la solicitud.

¿Cuáles serían los requisitos para retirar el 100%?

La propuesta de la UDI contempla una serie de requisitos para extraer el 100% de los ahorros, es decir, los afiliados no podrían utilizarlo para lo que estimen conveniente.

En detalles, el proyecto de ambos senadores postulan que el monto retirado:

  • Sea traspasado a una entidad financiera a elección del afiliado, reglamentada por la Comisión del Mercado Financiero (CMF) y que tenga como fin exclusivo la administración de los fondos de pensiones.
  • También permite retirar el 100% para la compra de una vivienda aunque con prohibición de venta vitalicia para evitar la especulación en el mercado.
  • Si el sistema de capitalización individual es modificado, de modo que el afiliado no pueda escoger su administradora, o sea suprimido por una nueva normativa legal, los recursos deberán ser destinados a un sistema de administración de fondos de pensiones que el afiliado elija.
  • Los recursos también podrán ser utilizados para la compra de un inmueble aunque con ciertas condiciones.

Tales condiciones son dos: La primera hace referencia a que deberá consignarse en la escritura de compraventa del inmueble: la prohibición de vender, ceder o transferir el mencionado inmueble, mientras el cotizante viva.

En tanto, la segunda prohíbe ceder el uso y goce de la mencionada vivienda. No podrá ser levantada, bajo ninguna circunstancia, mientras el cotizante viva, salvo el caso de enfermedad terminal, diagnosticada u homologada por la COMPIN o cualquier entidad que la reemplace o sustituya.

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