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Bono Dueña de Casa: ¿Cuál es el total de dinero que puedes recibir?

  • Por Meganoticias

El Bono de Protección, más conocido como Bono Dueña de Casa, es un beneficio monetario mensual destinado a las familias y personas usuarias de Chile Seguridades y Oportunidades.

Si bien el bono está dirigido a la familia, en orden de prioridad las primeras personas que lo reciben son las mujeres.

El Bono Dueña de Casa se paga mensualmente, en cuotas, por 24 meses, acompañando el proceso de intervención psicosocial.

¿Qué monto recibiré?

El monto mensual que reciben las familias por el Bono Dueña de Casa es diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS).

Considerando los 24 meses que se entrega el beneficio, las familias recibirán un total de $332.586 por el Bono Dueña de Casa.

Este 2021, los montos mensuales de este beneficio son los siguientes:

  • Los primeros 6 meses el bono asciende a $18.400.
  • Desde el mes 7 al mes 12, el bono es de $14.003.
  • Desde el mes 13 al mes 18 el bono es de $9.627.
  • Desde el mes 19 al 24 el bono es de $13.401 (valor corresponde a monto SUF).

Los valores del bono se reajustan el 1 de febrero de cada año, en el 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

¿Cuáles son los requisitos?

Este bono no es postulable y se le otorga a los participantes de Chile Seguridades y Oportunidades, para facilitar su participación en los programas.

El único requisito para obtener este beneficio es haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención.

La firma de la carta, gatilla directamente la gestión y posterior pago del bono de protección.

¿Quién debe cobrar el bono?

El Bono Dueña de Casa se paga mediante depósito electrónico en la cuenta bancaria del cobrador de la familia o con pago presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de Banco Estado, según escoja el beneficiario.

El pago del bono de protección se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

  1. Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  2. Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  3. Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  4. Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  5. Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  6. En caso de que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

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