Por omisión del Ministerio: Tribunal Ambiental anula resolución que declaró Santuario de la Naturaleza a río de Monte Patria

¿Qué pasó?

El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada por una empresa y un particular que poseen concesiones mineras en la región de Coquimbo, y anuló la resolución que declaraba como Santuario de la Naturaleza al Río Sasso, ubicado en la comuna de Monte Patria.

La decisión se tomó luego de que se determinara que el Ministerio de Medio Ambiente estaba en conocimiento de concesiones en el área y que tenía la obligación de notificar a los interesados para que pudieran formular sus alegaciones en el plazo legal, lo que no hizo.

¿Qué dice el fallo del Tribunal Ambiental?

En el fallo se afirma que existe "una grave omisión por parte de la autoridad, que constituye un vicio procedimental esencial, lo que permite invalidar el acto reclamado y consecuencialmente el DS Nº 3/2023, pues se ha transgredido el ejercicio del derecho fundamental a un debido proceso".

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Cabe señalar que el Tribunal indicó que el Consejo de Monumentos Nacionales había entregado un informe técnico previo que advertía la existencia de concesiones mineras de exploración y explotación.

Implicados no pudieron ejercer el derecho a formular alegaciones

En ese sentido, precisó que hubo un "incumplimiento de la exigencia de poner en conocimiento de los interesados las cuestiones conexas que fueron advertidas durante la tramitación de procedimiento administrativo, para concederles el derecho a formular alegaciones y aportar medios de prueba antes de adoptarse la decisión final".

El tribunal añadió que esto "implicó conculcar el principio de contradictoriedad y el derecho a defensa de los reclamantes, en cuanto titulares del proyecto minero ‘Trueno’".