Devolución de Isapres a adultos mayores: ¿En cuántos años se les entregarían los excesos?
En medio de la extensa tramitación de la ley corta de Isapres, el Gobierno presentó indicaciones al proyecto de ley relacionadas con la devolución de los excesos que cobraron las entidades privadas de salud tras el fallo de la Corte Suprema.
Según cifras de la Superintendencia de Salud, estas instituciones alcanzaron a cobrar un monto que bordea los 1.400 millones de dólares, los que deberán ser repuestos a los afiliados afectados.
Para evitar situaciones de insolvencia o directamente la quiebra, las Isapres están solicitando que se rebaje el monto de las devoluciones o que la deuda se pague en un plazo de diez años.
Las propuestas del Ejecutivo establece que el reembolso sea en un periodo más acotado para un determinado grupo de afiliados: los adultos mayores, quienes representan el 3% del universo afectado por el alza de planes tras el fallo de la Suprema, pero cuyo monto de devolución es casi el 10% de los 1.400 millones de dólares.
Los plazos de la devolución que propone el Gobierno para los adultos mayores
Antes de las indicaciones del Ejecutivo, se planteó que a los afiliados con excesos se les pagaría el respectivo monto en 10 años.
Sin embargo, en La Moneda se abrieron a lo planteado por distintos parlamentarios, estableciendo que a los mayores de 80 años se les pague en un plazo máximo de dos años.
En el caso de los adultos mayores de 65 —son 118 mil afiliados, el 27% del total afectado—, se definió que los excesos sean devueltos en un tiempo máximo de seis años.
Para el resto de los cotizantes, aquellos que no están en los mencionados rangos etarios, se mantendrá el periodo de los 10 años como plazo de devolución, según consigna El Mercurio.
El superintendente de Salud, Víctor Torres, señaló que con las indicaciones del Gobierno, "las aseguradoras estarían terminando de pagar la deuda a los mayores de 65 en un máximo de seis años; y a los mayores de 80, en dos".
"Va a ser más rápido que al resto de las personas, pero el resto de los grupos no dejará de percibir parte de la devolución", agregó la autoridad.
¿Qué fue el fallo de la Corte Suprema?
Recordar que fue en 2022 cuando la Corte Suprema emitió su fallo, que consistió en dejar sin efecto el alza en los planes de isapres debido a cuatro factores, detallados por el Poder Judicial:
- Se debe contar únicamente con un plan base por cada contrato de salud y no por cada beneficiario.
- Las Isapres no pueden elaborar tabla de factores por sexo y edad por ser inconstitucional (eso sí, la Suprema legitimó una tabla confeccionada por la Superintendencia de Salud).
- Al nonato y luego de nacido hasta los 2 años lo cubre completamente el GES; por lo tanto, no se le puede aplicar una tabla de factores. Después de esa edad legal, se le aplica un plan correspondiente a los dos años, el que es inmodificable en el tiempo, salvo que sea a la baja.
- La tabla de factores diseñada por la Superintendencia de Salud se aplica solo cuando el cotizante ingresa a la Isapre y es inmodificable en el tiempo, salvo que sea beneficioso para el cotizante.
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