Bono por hijo: ¿Quiénes lo reciben de forma vitalicia?

El Bono por Hijo es uno de los beneficios previsionales destinados a las mujeres que han sido madres y que buscan aumentar el monto de su pensión al momento de jubilar.

Aunque muchas beneficiarias reciben este aporte hasta que se agotan los fondos acumulados, existe un grupo de mujeres que puede cobrarlo de manera vitalicia, siempre que cumpla con determinadas condiciones establecidas por la ley.

¿Quiénes pueden recibir el Bono por Hijo de forma vitalicia?

De acuerdo con la normativa vigente, el Bono por Hijo se paga de forma vitalicia a las mujeres que sean beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o de una pensión de sobrevivencia con derecho a PGU, otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS) desde el 1 de julio de 2009.

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En estos casos, el beneficio se entrega mensualmente junto a la pensión y no está sujeto al agotamiento de los fondos, como ocurre con otras modalidades.

Por el contrario, las mujeres afiliadas a una AFP reciben el bono como un complemento a su pensión hasta que se consume la totalidad del monto acumulado.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

El Bono por Hijo está dirigido a madres de 65 años o más que cumplan con los requisitos exigidos por el Estado.

Pueden solicitarlo las mujeres afiliadas a una AFP que hayan obtenido su pensión desde el 1 de julio de 2009, las beneficiarias de la PGU y aquellas que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, reciben una pensión de sobrevivencia y la PGU.

Además, el beneficio aplica tanto para hijos nacidos vivos como adoptados. En estos últimos casos, la bonificación puede generarse tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

Requisitos para solicitar el Bono por Hijo

Para acceder al beneficio se deben cumplir dos condiciones fundamentales:

  • Tener 65 años de edad o más.
  • Haber residido en Chile durante al menos 20 años

Adicionalmente, la solicitante debe haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la fecha de la solicitud.

¿Cómo se calcula el monto del Bono por Hijo?

La bonificación equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo o hija.

Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, el cálculo se realiza utilizando el ingreso mínimo vigente a esa fecha, equivalente a $165 mil.

En cambio, para los hijos nacidos después de esa fecha, se considera el ingreso mínimo que estaba vigente durante el mes de nacimiento.

¿Dónde se puede solicitar?

Las interesadas pueden realizar el trámite de manera online utilizando su ClaveÚnica o presencialmente en distintos puntos de atención.

La solicitud está disponible en sucursales de ChileAtiende, oficinas de AFP, municipios y compañías de seguros habilitadas para este proceso.

También existe la posibilidad de realizar el trámite mediante videoatención de ChileAtiende.

¿Quiénes no tienen derecho al beneficio?

El Bono por Hijo no puede ser solicitado por mujeres que reciben pensiones provenientes de las antiguas cajas de previsión social ni por pensionadas de Capredena o Dipreca.

Asimismo, una vez otorgado, el beneficio es irrevocable, por lo que no puede renunciarse a él posteriormente.

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