Postulación a Subsidio DS1: Estos grupos no pueden acceder al beneficio

Desde esta semana, las familias que no son dueñas de una vivienda y tienen capacidad de ahorro, podrán acceder al Subsidio DS1, una ayuda económica del Estado para poder cumplir el sueño de la casa propia. 

¿Cómo realizar la postulación?

El proceso de postulación contempla tres modalidades diferentes:

  • Postulación automática: A partir de las 8:30 horas del 16 de junio y hasta las 16:00 horas del 30 de junio de 2026.
  • Postulación en línea: A partir de las 8:30 horas del 17 de junio y hasta el 30 de junio de 2026 (16:00 horas).
  • Solicitud de postulación vía formulario de postulación ciudadana: A partir de las 8:30 horas del 19 de junio y hasta las 16:00 horas del 30 de junio de 2026.

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Diferencia por tramos

El aporte del Estado varía en valor y características de la compra dependiendo del tramo al que postule cada familia.

  • Tramo 1: Permite comprar una vivienda o departamento, nuevo o usado, que no supere las 1.100 UF.
  • Tramo 2: Permite construir una vivienda de hasta 1.600 UF y 140 m² en un sitio propio o en un terreno donde ya existe otra vivienda.
  • Tramo 3: Permite construir una vivienda de hasta 2.200 UF y 140 m² en un sitio propio o en un terreno donde ya existe otra vivienda.

¿Quiénes no pueden postular?

Para postular, debías tener el ahorro mínimo depositado y como saldo disponible en la cuenta de ahorro para la vivienda hasta las 14:00 horas del 29 de mayo de 2026. 

Quienes cuya familia ya posea una vivienda o un sitio con destino habitacional.

Además, se debía cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Tener cédula de identidad vigente.
  • Si eres una persona extranjera, debes presentar tu cédula de identidad para extranjeros con residencia definitiva, información proporcionada por el Servicio Nacional de Migraciones.
  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 30 Unidades de Fomento (UF), el que debía estar depositado y reflejado como saldo disponible en tu cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el 29 de mayo de 2026. A partir de esa fecha no puedes efectuar giros en la cuenta.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 60%. Los adultos mayores podrán pertenecer hasta el tramo del 90%, según el RSH. 

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