¿Tu jefe puede te cambiar el horario de entrada al trabajo?: Esto dice la ley

Muchos trabajadores se preguntan si su empleador tiene la facultad de cambiarles el horario de entrada sin pedirles permiso. La respuesta es , pero con condiciones muy específicas que establece el Código del Trabajo.

Según la Dirección del Trabajo, el empleador puede modificar unilateralmente la hora de inicio de la jornada diaria, ya sea adelantándola o atrasándola, dentro de ciertos límites legales.

¿Cuánto puede cambiar el horario y bajo qué condiciones?

De acuerdo al inciso 2° del artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador puede alterar la distribución de la jornada de trabajo convenida hasta en 60 minutos, sea anticipando o postergando la hora de ingreso.

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Sin embargo, para ejercer esta facultad de forma unilateral deben cumplirse dos requisitos copulativos:
Primero, que existan circunstancias que afecten a todo el proceso de la empresa o establecimiento, o a alguna de sus unidades o conjuntos operativos. La propia Dirección del Trabajo pone como ejemplo un racionamiento eléctrico programado a causa de un período extenso de sequía. Segundo, que el empleador avise al trabajador con al menos 30 días de anticipación.

Es importante tener en cuenta que esta facultad solo permite modificar la distribución de la jornada, es decir, el horario de entrada, pero no la duración total de las horas trabajadas. En ningún caso el empleador puede usar esta norma para hacer trabajar más horas de las acordadas en el contrato.

¿Qué puede hacer el trabajador si no está de acuerdo?

El trabajador tiene derecho a reclamar ante la Inspección del Trabajo respectiva dentro de un plazo de 30 días hábiles, contados desde que fue notificado del aviso. La Inspección evaluará si el empleador cumplió con todas las exigencias que impone la norma.

Si el trabajador no está conforme con la resolución de la Inspección del Trabajo, puede recurrir al juez competente dentro de un plazo de 5 días desde que fue notificada esa resolución. El juez fallará en única instancia y sin forma de juicio.

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