Bono Base Familiar: Estos son los requisitos para acceder

El Bono Base Familiar es un aporte que entrega el Estado a las familias más vulnerables del país, cuya duración es de dos años y tiene como objetivo servir como apoyo a los hogares en situación de extrema pobreza.

Este beneficio se entrega automáticamente a los usuarios del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades, siempre que cumplan con dos requisitos esenciales.

¿Qué debo cumplir para obtener el Bono Base Familiar?

De acuerdo al Ministerio de Desarrollo Social (Mindeso), este beneficio no requiere de un proceso de postulación. El usuario o la familia usuaria de Seguridades y Oportunidades debe cumplir con lo siguiente:

  • Estar participando activamente del Acompañamiento Psicosocial (APS) o del Acompañamiento Sociolaboral (ASL) en los programas Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos.
  • Tener un ingreso per cápita familiar inferior a $45.572 mensuales (este es el valor de la línea de extrema pobreza utilizado para este cálculo en particular, según el Decreto N°30).

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¿Cuál es el monto del Bono Base Familiar?

El dinero que se entrega varía mensualmente, conforme a la situación económica del hogar. La normativa legal establece que el bono cubre el 85% de la diferencia entre los ingresos mensuales per cápita de la familia y el límite de pobreza extrema ($45.572).

Como referencia, el monto promedio pagado durante los últimos meses ronda los $58.594. Es importante destacar que el aporte máximo calculado se entregará durante los primeros 16 meses de APS o ASL.

A partir del mes 17, el monto comenzará a decrecer un sexto por mes, siempre que el hogar mantenga los requisitos para seguirlo recibiendo.

¿Cómo se cobra el Bono Base Familiar?

La familia puede elegir la modalidad de pago que más le acomode. Puede ser presencialmente, en la Caja de Compensación Los Héroes o sucursales de BancoEstado, o mediante un depósito a la CuentaRUT del cobrador designado.

Para asegurar que los fondos lleguen a la administración del hogar, el Mindeso establece un orden de prioridad para definir quién cobra:

  • Madre de personas menores de 18 años, con invalidez o discapacidad mental.
  • Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar, si no existe el anterior.
  • Mujer mayor de 18 años que se desempeñe como dueña de casa, si no existe el anterior.
  • Hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar (si no hay mujeres en los casos anteriores), si no existe el anterior.
  • Cualquier otra mujer mayor de edad, o en su defecto, cualquier hombre mayor de edad, si no existe el anterior.
  • A la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a un menor, si no existe el anterior.

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