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Corte de Apelaciones de Valparaíso ordena desalojo de megacampamento de San Antonio

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Valparaíso otorgó un plazo máximo de cuatro meses a los ocupantes de la toma del cerro La Virgen para que hagan abandono de los terrenos ubicados en la Región de Valparaíso

La entidad acogió el recurso de protección presentado por la Inmobiliaria y Constructora San Antonio, propietaria de los predios.

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La toma es un megacampamento que ya tiene una extensión de 260 hectáreas y que es considerado como uno de los más grandes de Chile. Su extensión impidió al Ministerio de Obras Públicas construir el acceso norte al puerto local, contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo Portuario.

El fallo

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada desestimó la alegación de extemporaneidad de los dirigentes de la toma, debido a que los hechos denunciados son continuos en el tiempo.

En detalle, se indicó que la ocupación "se mantiene incólume, a pesar de la voluntad contraria manifestada por el propietario". 

"La ilegalidad de la conducta desplegada por los recurridos, la que amén de vulnerar manifiestamente la garantía constitucional de la propiedad invocada, al mismo tiempo pone en evidencia de parte de recurridos un actuar espurio que atenta contra el orden jurídico en el que se sustenta nuestro Estado de Derecho”, aseveró el texto.

Por tanto, resuelve que "la recurrida Katherine Talía Sanhueza Ortega (dirigenta de la toma), así como cualquier otra persona que se encuentre instalada irregularmente en esos predios, deberán hacer abandono de los inmuebles referidos". 

Para ello, disponen "de un plazo máximo de cuatro meses desde que la presente sentencia quede ejecutoriada, debiendo retirar del lugar sus enseres, además de las construcciones realizadas en él".

Finalmente, la Corte de Apelaciones oficia al Ministerio del Interior y de Seguridad Pública, con la finalidad de velar que el desalojo, en caso de ser necesario.