Fue a la justicia para reducir pensión de alimentos, pero fallaron en su contra por ser responsable del distanciamiento familiar
- Por Lucas Figueroa
Infructuosos han sido los intentos de un jubilado español por reducir considerablemente el monto de la pensión de alimentos que le entrega a su hijo de 21 años.
El hombre, que debe desembolsar una suma cercana a los 2 millones de pesos chilenos para cubrir los gastos de su hijo, solicitó a la justicia reducir esta cantidad a solo 180 euros mensuales (cerca de $194.000), sin obtener resultados favorables.
Se culpan mutuamente por deterioro de la relación
El padre, jubilado desde 2020, alega que su situación económica es menos auspiciosa que en un comienzo y argumenta además que el deterioro de la relación con su hijo debe tenerse en cuenta para hacer efectiva esta modificación.
El jubilado también pide que se tenga en consideración la buena situación económica de la madre. Sin embargo, ha recibido un portazo tanto de su hijo como de su ex en la solicitud, quienes arguyeron que el hijo en cuestión había tenido terapias familiares en busca de la reconciliación con su progenitor, siendo este último el que pone una barrera entre ambos.



El Juzgado de Primera Instancia número 24 de Valencia no entregó un fallo favorable para las aspiraciones del padre, señalando que no existen hechos que justifiquen la extinción o la disminución de la pensión, entre otras razones, porque el Tribunal Supremo exige una ruptura grave y exclusivamente imputable al hijo para cesar con el pago.
LO ÚLTIMOPadre apeló a la decisión
No contento con la deliberación en primera instancia, el hombre interpuso un recurso de apelación que fue desestimado, pues a juicio de la Audiencia Provincial de Valencia no era procedente valorar la capacidad económica del padre ni reajustar la pensión con base en elementos ya considerados en procedimientos previos.
A su vez, se tomó en consideración que la relación entre ambos no se había roto por causas imputables al hijo, subrayando que este había puesto sus esfuerzos en propiciar la reconciliación en las terapias, pero el padre mostró un comportamiento en dichas sesiones que motivó el distanciamiento.
En todo caso, esta sentencia no es definitiva y el jubilado aún dispone de una instancia más para revertir la situación.
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